sábado, 9 de junio de 2018

Principio Superior a la Infancia



Nuestro país, a partir de la entrada al orden mundial de libre comercio, no solo se inicio en una etapa de la globalización, en materia económica, sino también se abarco en una nueva visión de nación, con la inclusión de la cultura  de los derechos humanos, en un ámbito de una nueva filosofía tan extensa del respeto de Estado hacia sus ciudadanos.
 En consecuencia  a finales de la década de los 80´s y principios de los 90¨s del siglo pasado se crea la Comisión de Derechos Humanos, a iniciativa de la Administración de Salinas de Goritari, al aprobarse su reforma  a nuestra Carta Manga,  al adicionar el apartado B al  articulo 102 y, otorgarle el rango de carácter constitucional 
Además con la reforma de derechos humanos a la Constitución General de la República, en especial énfasis en el párrafo primero, segundo y tercero del Art.1º[1] se incluye la obligación de observar y aplicar los tratados internacionales en materia de derechos humanos, en los que México es parte y son ratificado en los términos del Art. 133[2] de nuestra ley suprema. 
Al mismo tiempo esa vocación humanista ha contribuido en la materia penal a una figura de respeto a los participantes en los procesos jurisdiccionales en materia penal, ya sea en adultos, o en su caso en la justicia de adolescente
 En consecuencia, dentro del orden jurídico nacional, en el ámbito del sistema de justicia en la materia penal para adultos, nuestro país, ha estado en la modernización de nuevas figuras jurídicas, las cuales tratan de alguna manera dejar a un lado una materia obsoleta de juicios en materia criminal, con vicios muy acentuados y, que tienen como resultado el perjudicar la esfera individual de cada persona, ya sea víctima y/o ofensor, en un desequilibrio de falta de respeto a los derechos humanos de cada ciudadano.
Por eso, a partir del año del 2008, se llevó una reforma  a la Constitución General de la República, en el capítulo de la parte dogmática, hoy de los derechos Humanos y Garantías Individuales, al modificar varios preceptos, con el propósito de implementar un nuevo sistema de justicia penal de corte acusatorio, basado  en bases a los principios de la oralidad, transparencia, imparcialidad e inmediación procesal de la autoridad judicial.
La anterior reforma trajo consigo una nueva filosofía de la aplicación del derecho, al hacer a un lado una forma de litigar en los tribunales  del orden penal,  de corte inquisitorio, en donde el estado buscaba en aplicar una pena a de lugar, sin tomar la opinión en el sentir de las emociones e intereses de la víctima, o por otra parte la certeza del ofensor de su culpabilidad y/o inocencia.
En consecuencia, esa filosofía consistió en el injertar al proceso un sentido de sensibilización del lado humano, al contemplar en la miscelánea penal a nivel nacional en la aplicación de un nuevo Código Nacional del Procedimientos Penales, una Ley de Mecanismos Alternativos en Materia para las salidas alternas al procedimiento acusatorio y una Ley de Ejecución Nacional de Penas. Sin embargo, no podemos dejar a fuera la reciente Ley Nacional del Sistema Integral para  Justicia de Adolescente, la cual basa su postulados y operatividad en los términos de los párrafos cuarto y quinto del artículo 18  de la Constitución General de la República[3].
 Así mismo, el anterior precepto en cita, a través de las más reciente  modificaciones, ha marca un nuevo paradigma de un proceso jurisdiccional adecuado a la materia de adolescentes, que han desplegado conductas antisociales tipificadas en la legislación penal federal y en las fuero común.
 En particular desplaza el antiguo obsoleto sistema tutelar y garantista, para dar paso a un modelo basado en un sentido de linea humanista, con el ingrediente que hace la diferencia al proceso judicial de un adulto, al atender el principio del interés superior de la niñez, en el párrafo noveno del artículo 4º de nuestro orden constitucional federal, que a la letra  dice : 
“En todas las decisiones y actuaciones del Estado se Velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derecho. Los niños y las niñas tienen el derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez 
Por lo que se refiere al Estado mexicano, de elevar al rango constitucional el principio de interés superior a la niñez, es la reafirmación de un derecho humano a favor de la niñez, piedra angular de un proceso judicial de menores; sin embargo sus alcances no se debe de ver desde un punto de vista técnico penal, sino con la sensibilidad humana y empatía al bien común encaminado al desarrollo psicosocial de un niño, la niña, él  y la adolescente, que ha cometido una infracción tipifica en la ley penal, o sea en otras palabras el atender la causa raíz de su entorno que influye a cometer conductas antisociales.

Por otro lado, en la Convención sobre los Derechos del Niño, en la que nuestro país es parte, hace  alusión en el articulo 3º sobre el principio del interés superior de la niñez[4], al compromiso de los Estado Partes el asumir el compromiso en el caso de que los padres y tutores no cumplan con sus obligaciones, buscan brindarle las condiciones necesarias, con el fin de dar seguridad a sus derechos. Es decir, en el aspecto de aquellos los y las adolescentes infractores de la ley penal, se sujetaron a instituciones de justicia especializada sensibles según en los términos del artículo 40 apartado 3o y 4o de la propia convención[5] de derecho del menor, con el propósito de lograr la adaptación social, con la instrucción  de un proceso garantista, en que llegara a acreditar la responsabilidad, por parte de la autoridad de justicia de adolescentes, se decreta una medida, hecha a las necesidades del infractor.
En resumen, la actual Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes, plasma estos lineamientos, en primer lugar con el principio del interés superior a la niñez de la Convención de los Derechos de la niñez y de la  Constitución General de la República. Y en segundo plano da un trato digno a una persona, que por causas de su entorno social y familiar merece un tratamiento adecuado a sus circunstancias.




[1] Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
[2] Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de las entidades federativas

[3] La Federación y las entidades federativas establecerán, en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema integral de justicia para los adolescentes, que será aplicable a quienes se atribuya la comisión o participación en un hecho que la ley señale como delito y tengan entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad. Este sistema garantizará los derechos humanos que reconoce la Constitución para toda persona, así como aquellos derechos específicos que por su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos a los adolescentes. Las personas menores  de doce años a quienes se atribuya que han cometido o participado en un hecho que la ley señale como delito, sólo podrán ser sujetos de asistencia social. La operación del sistema en cada orden de gobierno estará a cargo de instituciones, tribunales y autoridades especializados en la procuración e impartición de justicia para adolescentes. Se podrán aplicar las medidas de orientación, protección y tratamiento que amerite cada caso, atendiendo a la protección integral y el interés superior del adolescente.

[4] 1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño. 2. Los Estados Partes se comprometen a asegurar al ni- ño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas. 3. Los Estados Partes se asegurarán de que las instituciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños cumplan las normas establecidas por las autoridades competentes, especialmente en materia de seguridad, sanidad, numero y competencia de su personal, así como en relación con la existencia de una supervisión adecuada.

[5] 3. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para promover el establecimiento de leyes, procedimientos, autoridades e instituciones específicos para los niños de quienes se alegue que han infringido las leyes penales o a quienes se acuse o declare culpables de haber infringido esas leyes, y en particular: a) El establecimiento de una edad mínima antes de la cual se presumirá que los niños no tienen capacidad para infringir las leyes penales; b) Siempre que sea apropiado y deseable, la adopción de medidas para tratar a esos niños sin recurrir a procedimientos judiciales, en el entendimiento de que se respetarán plenamente los derechos humanos y las garantías legales. 4. Se dispondrá de diversas medidas, tales como el cuidado, las órdenes de orientación y supervisión, el asesoramiento, la libertad vigilada, la colocación en hogares de guarda, los programas de enseñanza y formación profesional, así como otras posibilidades alternativas a la internación en instituciones, para asegurar que los ni- ños sean tratados de manera apropiada para su bienestar y que guarde proporción tanto con sus circunstancias como con la infracción.

miércoles, 16 de mayo de 2018

Semilla de la Paz- "TLCAN"




Concepto de árbol de paz en forma concepto de árbol de paz en forma - arte vectorial de stock y más imágenes de símbolo de la paz - conceptos libre de derechosEn los inicios de los métodos alternos de solución de controversias, al ser considerado en algunos capítulos del Tratado de Libre Comercio de América de Norte, nuestro país, rompe una series de paradigmas institucionales, lo que contribuyeron a nuevas  novedades de figuras, en el aspecto comercial, inversión extranjera, agrícola entre otras; con el fin de salir de una zona de confort como sociedad cerrada rumbo a una apertura a la integración de un nuevo orden mundial, sin embargo al  algo novedoso ocurrió en la derecho procesal,  por parte del TLCAN a mi gusto, es el sembrar  y cosechar la fecunda  semilla de la paz
En mis años de experiencia y práctica en la mediación, hay dos aspectos a resaltar; la primera la filosofa de la paz, por medio de la aplicación del derecho, a través de los métodos colaborativos, en otro plano el cambio de chip, en términos cibernéticos, del transitar de mi raíces de una escuela de abogados litigantes, en especialidad del derecho civil, para dar el paso a un profesionista de trabajo colaborativo, el cual envuelto un nuevo enfoque pacifista de negociación, tal como es la mediación.
La semilla de la paz, de una manera de idealista, se toma de un recóndito apartado de los procesos de arbitraje, al implementar la negociación ante acudir a un litigio de carácter internacional con la formación de los tribunales arbitrales del TLCAN.  
Los Estados Partes en un conflicto de comercio internacional, tienen la obligación, la Parte agraviada de invitar a una ronda de negociación, a su Estado contraparte. Y llevar a cabo las reuniones, con la finalidad de alcanzar un acuerdo accesible a los intereses y necesidades de los países socios del TLCAN, en donde ambos ganan al realizar reciprocas concesiones. En consecuencia es evitar un laudo arbitral, en el cual  hay un ganador y un perdedor.
En la vigencia y la operación del TLCAN, como comenta el maestro Oscar Cruz Barney, ha contribuido a implementar algunas actuales figuras jurídicas, tal como los métodos alternos de solución de controversias con acentuación en la negociación, que ha alcanzado una cobertura a amplia a nivel nacional en la legislación procesal penal y, de igual forma en el orden jurídico de los estados de la unión, con la creación de leyes de mecanismos alternativos de solución de controversias en el ámbito del derecho privado.
Por otra parte, a partir de las últimas reformas  a la Constitución General de la República, promulgadas el 5 de febrero del año 2017, al Congreso de la Unión se le otorga las facultades de legislar en el marco de la creación de un nueva legislación de métodos alternos de solución de controversias en materia civil, familiar y laboral, así como  la implementación de un orden jurídico procesal, en esas materia en cita.
En pocas palabras, el trabajo se ha hecho, el andar en el camino no ha sido fácil;  pero hoy se cuenta ya con las bases de un sistema jurídico en evolución, de consentir  que la semilla de la paz rinda frutos en un país tan convulsionados por las escenas sociales de una creciente escalada de violencia. 

lunes, 7 de mayo de 2018

Amabilidad y sus Tres Pilares



Resultado de imagen para pilarEl papel del mediador en la solución de conflictos, es un factor muy  determinante en la mediación, por la razón, en primer lugar de construir un puente hacia el diálogo entre las partes  con una controversia, a través  del uso de las múltiples herramientas ya conocidas en la teoría y la práctica, del mismo modo en segundo plano por sus características y el perfil definido para llevar la misión de conducir a los mediados a hacer un acuerdo hecho a sus posibilidades. 
Dentro del perfil, hay un detalle a resaltar la amabilidad del mediador, ya sea el conducirse en su comportamiento -al estilo de un lord ingles,- vaya exageración, sino no  el aplicar  las reglas de etiqueta, en una forma ligera,  que a los mediados  se sientan  confortables. El ser amable por  parte  del facilitador, es uno de los cimientos a mi  humilde parecer,  se hace descansar en tres pilares: la escucha activa, la empatía  y la asertividad.
En primer lugar la escucha activa, es poner atención al mediado en todos sus cinco sentidos y, el dejar expresar su sentir y su emoción, sin interrumpir, juzgar y distraerse, aquí el fin, es que el mediado se sienta escuchado, además  se crea un vinculo de confianza libre de toda estigmatización.
La confianza creada por la escucha activa, da paso a la empatía, al final, lo importante del mediado permita explayarse para soltar todo aquello que trae cargando en los hombros, y el facilitador en mediación, comprenda la etapa difícil  que pasa el usuario, al ponerse en los zapatos de él, sin pasar a una posición de simpatía, sino se rompería todo un clima de neutralidad y imparcialidad, el cual ha sido construido con el fin de .mantener un territorio de equilibrio entre las partes.
Al mismo tiempo, al lograr el transitar de un ambiente hostil, a un clima de territorio neutral, la asertividad hace su presencia, en la que se transmite  la información a través de una comunicación de respeto, sin de agresiones y ofensas, cuya finalidad es comunicar  el sentir  libre, sin incitar a conductas desagradables que vulneran las reglas de  etiqueta.
En resumen, la escucha activa, la empatía y la asertividad, en suma son  tres columnas que apoyan a la amabilidad de un facilitador, que en el desarrollo del proceso de mediación y/o conciliación se delegan a los mediados, con el  fin de dar los  retoques finales de un dialogo pacifico, con el propósito de alcanzar  un acuerdo accesibles a sus intereses y necesidades.
En pocas palabras,  la amabilidad es el picaporte de entrada a una sesión de mediación, en la cual se inyecta la buena vibra,con la finalidad de las partes traten la vía colaborativa arreglar sus diferencias.

martes, 24 de abril de 2018

La Actitud , Factor de Cambio





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La naturaleza humana en nuestros días, es más complicada, hay muchas e innumerables razones. Por un lado, en cada mañana al escuchar las  noticias por los diversos medios informativos nos percatamos de una serie de múltiples conflictos. Los cuales son aderezado entre emociones de enojo, revanchismos, percepciones equivocadas, entre otras y el choque de intereses opuestos, causan escaladas de violencia muy delicadas.
Esas escaladas de violencia, en ocasiones llegan a su máxima expresión, con el fin de vulnerar las estructuras organizaciones, sociales y más aún familiares,  que perjudican al fin, el elemento humano. Con esa actitud de rutina tan perjudicial los daños son  tan amplios, pero el moral deja un mal sabor, hasta con el animo de revanchismo para cobrar una factura con una acción de resentimiento  recíproca, para hacerlo una rutina diaria.
Un núcleo social, que por comodidad se niega al cambio y, al beneficio de los demás,  es el resultado de una actitud  negativa de resistencia a un nuevo horizonte, por la sencilla razón, de estar en una posición  tan cómoda de estar sentados frente a una mesa y a una taza de café, con el firme propósito de llevar acabo  criticas  desalentadoras sin beneficio y propuesta alguno. Solo el hecho de sembrar más discordia de resentimiento hacia una comunidad o organización,entre una serie de factores, tal como la envidia.
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Cuestión de Enfoques
Por lo contrario para contrarrestar un ambiente negativo en nuestro entorno, no es nada fácil, primero debemos estar bien hacia el interior y después explayarlo al exterior, con el fin de contagiar a los demás de un cambio de actitud. Con esto quiero decir, incentivar una comunicación proactiva, para lo cual debemos tomar los intereses y necesidades de cada parte y, sembrar la cultura del diálogo a través de la reconstrucción de un nuevo camino de la paz.
Al mismo tiempo, ya existen mecanismos colaborativos, los que contribuyen a establecer un dinamismo de un cambio, que no es la tecnología, sino del elemento humano en la capitalización de su intelecto a través de la retroalimentación de la información, en dirección de recolección y análisis de antecedentes, de ahí al valorarlos estar en la posibilidad de una toma decisiones para mejorar y, tal vez  un cambio de actitud y con la finalidad de romper paradigmas.
En resumen, la evolución de una actitud desarrolla un nuevo paradigma, de apertura,  de atención y aportación de ideas frescas de mejora, y neutraliza aquellas conductas rutinarias y nocivas, las cuales son en la mayoría de los casos nocivas a la  salud social de una comunidad. 

martes, 3 de abril de 2018

La rebelión a través de las Instituciones 1a parte




Resultado de imagen para justiciaAl leer las noticias y editoriales de los periódico de nuestro entorno social, nos enteramos de lo que sucede en  contexto de un mundo globalizado, la evolución y el progreso de nuestro país, ya sea en el ámbito económico, y en especial énfasis en el entorno jurídico de las nuevas figuras implementadas en nuestro orden constitucional, en los derechos humanos, energético, en transparencia y rendición de cuentas, en el combate a la corrupción, entre otros,  en lo que a tráves del tiempo ha marcado una tendencia de evolución hacia la modernidad.
Pero en nuestro sistema jurídico hay que resaltar las nuevas figuras renovadas en materia procesal del trabajo y la unificación  de una legislación sustantiva uniforme, con la de la herramienta de la oralidad en la instrumentación de los juicios del orden civil y familiar, de este mismo  modo contemplando las salidas alternas, la cual se busca plantear en vía de un proyecto de nueva ley nacional en materia de resolución de solución de conflictos en materia civil y familiar a nivel nacional, en la que se englobe la conciliación, la mediación y el arbitraje lo que se vería en el transcurso del presente año.
Sin embargo, las reformas publicadas en la celebración del centenario de nuestra carta magna, solo quedaron en el tintero por parte del Congreso de la Unión, al no crearse la normatividad secundaria en materia sustantiva en la competencia en la asignatura laboral, sin dejar a un lado la civil y familiar, en primer lugar con la especialización de los juicios en materia del trabajo dentro de la estructura del poder judicial y; la unidad especializada en la figura de la huelga, y en otro plano la implementación de la homolagación de un código nacional en materia procesal oral y así como la nueva ley de mecanismos alternativos de solución de conflictos, ambas de derecho privado.
Con lo anterior, en días pasados, en una publicación la sección de editoriales, del periódico Universal de la Ciudad de México,  en su articulo de titulo "La Rebelión de los Abogados" del Dr Miguel Carbonell, hace un llamado al congreso federal  sobre su apatía de no realizar su trabajo del nuevo marco jurídico en materia laboral, civil y familiar y, además a través de sus lineas transmite el reclamo del gremio de la Barra Mexicana de Abogados", al interponer el juicio de amparo ante el Congreso de la Unión, por su falta de compromiso y omisión de la política pública de crear y impulsar la implementación de las normas juridicas secundarias de la reforma a nuestra carta magna, publicadas el 5 de febrero de 2017. 
Cabe resaltar de ese articulo, el valor de los abogados colegiados, de la barra mexicana, de recurrir en defensa de nuestra constitución, que debe ser observada y, poner en un plano alto al Poder Judicial de la Federación como un garante y contra peso de los actos violatorios del poder legislativo y ejecutivo.
 La respuesta acertiva de la barra,  es para su servidor, una muestra de poder usar las vías legales institucionales con el propósito de manifestar una inconformidad que afecta un bien común de la ciudadania, un interés general, en la implementación de mecanismos ágiles de acceder a una justicia pronta, expedita y transparente.
En conclusión, para parafraseando al Dr Carbonell, ojala la iniciativa de los barristas despierte la creatividad de los legiladores, con el fin de hacer un lado sus preocupaciones vanales y, concluyan su tarea en favor de la ciudadania
http://www.eluniversal.com.mx/articulo/miguel-carbonell/nacion/la-rebelion-de-los-abogados 
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domingo, 11 de marzo de 2018

La Mediación, ¿puede ser medible?



Resultado de imagen para paz y medicion, mediacionEn algunas ocasiones, en pláticas de carácter informal, o en la cátedra, mis alumnos  y/o el circulo de amistades, me han cuestionado sobre la eficacia sobre la mediación, si hay resultados numéricos de medición de la eficiencia sobre los indicadores alcanzados en cada proceso implementado, a lo cual contestó, en mi opinión no es posible, por múltiples factores muy volátiles en la satisfacción del acuerdo alcanzado.
Por otro lado esa misma posición, sobre ¿si los servicios de mediación son medible?, la maestra Pilar Cortizo miembro de la Comisión de Mediación del Colegio de Abogados de la Coruña da su punto de vista al medio impreso la Opinión A Coruña, de España, de fecha 13 de febrero de este año, en el cual comenta "La mediación no se puede medir,...No me interesa tanto las cifras como el hecho de que se trata de un conocimiento progresivo. Va aumentando y la gente, aunque solo venga a mediación, aunque solo sea a la sesión informativa, muestra que le gusta esa forma resolver conflictos", y agrega..."Año a año va creciendo,.... aunque no se alcance el acuerdo. Muchas veces la mediación hace que la relación entre las partes mejore  y después son más proclives a llegar acuerdos en el proceso judicial."
Del mismo modo, esa razón permea el sentir de la mayoría de los compañeros mediadores, en atención a que los mediados al escucharse van entiendo su posición de hacerla más flexible, y eso contribuye a la búsqueda de soluciones, el cual se traduce en un acuerdo hecho a su media; en cambio cuando esa situación no se da, por diferencias no afines o viabilidad propuesta lo hace imposible, cabe la hipótesis, que la relación y la comunicación entre las parte mejore, con la contribución especial de bajar la intensidad de conflicto y, en un futuro dentro del juicio pueden llegar a una transacción de beneficio para ambos.
 Así pues, la función del mediador principal es ser  un facilitador del dialogo, mas que un instrumento de estadística numérica, el resultado depende en sanear y restaurar una relación de carácter familiar, vecinal, comercial, de  grupo de trabajo, entre otras.
Por otro lado, el Maestro Javier Alés Soli, dentro de uno de sus artículos, hace alusión al desempeño del facilitador, en dado caso en uno que más me llama la atención es el de "Sastre a la Medida", en el cual con la delicadez de la pluma en una versión ligera hace la comparación a la mediación, al  llevar los trazos  y la costura de la solución de una relación, con un acuerdo, de cómo hilvanar con la fineza  de la aguja la artesanía de un buen acuerdo.
En consecuencia las partes queden felices con un convenio hecho con sus exigencias hecho por un sastre experimental, alegóricamente hablando de un facilitador. Donde la satisfacción se mide por la recomendación de los mediados, en primer lugar por el trato recibido por la amabilidad del facilitador,  el ser escuchados en forma activa,  con el propósito de ver otra forma de que los mediados tiene la posibilidad en su manos de construir un acuerdo.

  

viernes, 23 de febrero de 2018

Libro del Mes Febrero "¡Aquí no Hacemos las Cosas Así!"




Resultado de imagen para ¡Aqui no Hacemos las Cosas Así!En el mes de diciembre, llegó a mis manos un libro de regalo, de uno de mis hermanos, de profesión abogado y notario, al momento de darme el presente me comenta en tono de chascarrillo," tu que andas de la onda del desarrollo organizacional y otras latitudes de la profesión,". Su comentario me causo gracia, y agregó que un compañero de cátedra, de capacitación de educación continua del ITESM, se lo había recomendado en la literatura sugerida de los programas de entrenamiento dirigido a capital humano.
Al leer la pequeña obra literaria de los autores John Kotter y Holger Rathgeber,de la editorial Conecta, el cual lo bautizo con el nombre ¡Aqui no Hacemos las Cosas Así!   y, según, los comentarios de Sepencer Jonhson de autor de la historia "¿Quien se ha llevado mi Queso?, hace alusión con un comentario  crítico muy positivo.. "esta excepcional parábola nos enseña que todo va mejor si  innovarnos en épocas  de cambio"...
Por su  ligera, agradable y digerible lectura,  las lecciones que comparte a través de una una narrativa suculenta, se da la historia en el sur del continente africano en el desierto Kalaha. De una tribu de animalitos de la raza de Suricatas, en una comunidad organizada y disciplinada; sin embargo en una etapa de sequía, las circunstancias cambiaron por la falta de agua, y en consecuencia, eso trajo consigo una crisis, y da el resultado de una desorganización por un estilo de vida ya agotado, el cual empezaron a sufrir suceso delicados y peligrosos dentro de la  congregación.
Lo que llevo a dos personajes miembros de ese clan moverse, por la necesidad de buscar nuevos horizontes de proyectos de sobrevivencia; sin embargo al llegar a una nueva comunidad de otros Suricutas, los cuales fueron acogidos con gusto y gentileza, ellos empezaron a participar en la nueva agrupación, con un liderazgo colaborativo y mucha participación, de la comunidad. Lo que despertó el proponer innovaciones nuevas para aplicarla en esa tribu.
En conclusión, la trama de la fábula, tiene la linea de transmitir el mensajes del operar un cambio en las corporaciones, de prosperar la esperanza de un nueva forma de  administración del conocimiento al capital humano dentro de la organización, con el romper paradigmas ya añejos, en los que su operación se agota, y, fomentar un nuevo liderazgo colaborativo.  

miércoles, 14 de febrero de 2018

Algunas Notas de Mediación



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La fecha de hoy, es un muy especial en las relaciones de amor y de amistad, aprovecho este espacio para desearles  un buen día y,  sea un motivo en nuestro quehacer diario dentro de la mediación hacer el recuentro de amigos. 
Al hablar de mediación en nuestros días, ya es una un tema muy común, de alguna manera el público usuario se empieza a familiarizar con el tema, algunos lo ven como un sistema bondadoso, otros en cambio un curso de superación personal; sin embargo en el aspecto práctico es más allá  de algo de moda, es un nuevo método en un plano de educar a nuestra sociedad a comunicarnos entre sí, con una técnica sencilla y formal, con el fin de encaminar los problemas a través de un buen dialogo libre de cualquier clase de violencia.   
En la esencia la mediación se trabaja en base a un sistema de facilitar una charla amena, quitando las barreras de falta de comunicación, evasión, agresiones, entre otras, a través de a aquellos mensajes libres de vicios, en el cual se cifra ver un conflicto en su lado positivo de solución.
En concreto, como  todo instrumento  la mediación tiene sus cimientos en la filosofía de enfoque sistémico, que consiste a través  de la retroalimentación información entre las partes,  buscan el entender las necesidades e intereses y, con el fin de despersonalizar el conflicto; al mismo tiempo tiene la línea del juego del pensamiento colaborativo, en donde las partes una vez, cambian su conducta sobre  la controversia de llegar a un posible arreglo, consecuencia dan nuevo sentido de meditar con responsabilidad participativa,  buscan y analizan el construir un nuevo camino en la solución del conflicto. 
Las herramientas tan socorridas por el facilitador, para atender puentes de dialogo entre las partes en conflicto, son las que crean un clima en primer lugar de confianza, tal como la amabilidad de paso a la empatía a través de la escucha activa libre de todo prejuicio y de emitir un juicio de valor. De ahí saber llevar a las partes de pasar de los mensaje de tú a yo (modalidad culpa), de pasar a los de yo a tu, (de responsabilidad); claro el trabajo se apoya el allegarse la información por medio de las diferentes clases de preguntas, ejemplo las cerradas, tipo abiertas, de un sentido de  reflexivas, las  circulares, etc., sin olvidar el parafraseo, el reencuadre y el resumen, con la fin de centrar a los participantes en el proceso de mediación en los intereses y necesidades. 
Como resultado,  en el desarrollo de la comunicación, los mediados dan la pauta a un acuerdo,  con los efectos de cumplir con las obligaciones acordadas en los plazos y términos señalados en un proceso de negociación. No obstante, si bien es cierto convenio es un compromiso, también uno de las principales metas de la mediación es  lograr que las partes antes de acudir a  otras instancias o el problema se haga más grande, por medio de una conversación pacífica puedan entenderse y eviten sus diferencias se tengan escaladas lamentables.
En resumen, la mediación es un método sistémico y colaborativo, en la que los mediados establecen un puente de dialogo a través de un tercero facilitador,  con el objetivo de centrarlos en la negociación en necesidades e intereses, en fin de construir un consenso de un acuerdo a futuro.

viernes, 9 de febrero de 2018

¿Creer o No Creer en la Mediación?



Resultado de imagen para mediacionAl iniciar mis labores cada dia, me formulo la pregunta ¿ creer o no creer en la mediación? y me pongo a meditar.
Un estilo de vida, en una comunidad se forja en el quehacer diario, en una costumbre ya arraigada por años, así sea un sentido comunitarios, social, económico entre otros; pero hoy me gustaría enfocarme en un plano de la solución de conflictos por medio de las vías adversariales, en el cual las partes lo arreglan por medio de la violencia, o delegan esa facultad a un tercero con decisión de autoridad, con el fin de que se le conceda la razón, conforme su posición.
Sin embargo, al día de hoy, en los renovados sistemas de justicia cotidiana, han implantado en su estrategia las salidas alternas a los procesos contenciosos, tal como el nuevo modelo de resolución de conflictos; a través de los métodos colaborativos, ya sea en mediación, conciliación, círculos de paz, y evaluación neutral. Aquí lo interesante, es que las partes tiene la posibilidad explorar y encontrar una amalgama de posibilidades un  de acuerdo hecho a sus intereses y necesidades.
Al hablar de los métodos colaborativos, no es una cosa sencilla, sino un nuevo paradigma, que lleva en su esencia hacia una nueva filosofía, no de un modelo de administración de justicia, sino de convivencia y diplomacia  por medio del diálogo y la compresión entre las partes en conflicto, con un alcance de rescatar la estructura social tan asediada por la violencia e indiferencia 
El trabajo de los miembros activos en los métodos alternos de solución de conflicto, no es nada sencillo, el compromiso de cada facilitador es tener la vocación y creer en lo que uno hace, la misión no solo es ser un medio de puente de dialogo, sino factor de la realidad, y conforme a su actuación sembrar y cultivar en cada usuario las bondades del trabajo colaborativo, asimismo la visión debe ser el tener una sociedad que aprenda a tener una comunicación libre de violencia para  resolver sus diferencias entre las partes.  
Para creer en la mediación, no es en una charla de café, o en su caso en la cátedra. Es la vivencia de la práctica cotidiana de los propios actores, tal como los mediados y el facilitador de alcanzar a través de un proceso con sus asegunes, con los obstáculos de la comunicación, identificando los interés y necesidades de las partes, con el fin de encaminarlos a la solución de la controversia.
En resumen, para creer en la mediación se necesita la preparación, las herramientas, la disposición, el trabajo de cada mediador sea sembrar cada día la semilla de la paz  y romper el paradigma de los hechos  de solución adversariales es la última instancia
  
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lunes, 29 de enero de 2018

Libro del mes de Enero ¿"Quien se Llevado mi Queso?"




Resultado de imagen para ¿ quien se llevo mi queso?Hace unos años en un curso de introducción y concientización al programa de certificación de un sistema de calidad de la Norma ISSO 9000-2001, fue uno de en mis primeros acercamientos a la filosofía colaborativa, en esa reunión los capacitadores hablaron de dos conceptos nuevos para mi, uno el de paradigma y de zona de confort, ambos en su conjugación, son la rutina  de un trabajo, o una ideología ciclada, un estilo de vida sin cambios y evolución, con una tendencia a la monotonía.
En algún otro curso de entrenamiento al capital humano, el cual era dirigido a servidores públicos inmersos en un proyecto de certificación de calidad. Dentro de la temática a tratar era el sembrar una semilla de cambio entre los compañeros de la institución, con el fin de romper antiguos esquemas de trabajo ya agotados, y de alguna manera afectaban el ambiente de trabajo, hacia el interior en los integrantes del equipo trabajo y,  al público  usuario de los servicios.
En esa ocasión al ser algo incrédulos sobre los conceptos del capital humano en evolución, era el resultado de la resistencia al cambio de nosotros, principalmente el cuestionar cosas, que considerábamos el no generar algún de provecho, del salir de esa definición, que por primera vez escuche la ”Zona de Confort”, vamos una renuencia al pasar sin el esfuerzo a una nueva etapa de crecimiento.
Momentos antes de terminar, la reunión  de capacitación, nos dieron lectura  de algunos pasajes de libro del autor Spencer Jonhson, titulado “¿Quién se ha llevado mi Queso?”, con la acción de remover esas tierras no laboradas del intelecto y, optaron por reforzarnos los cambios de paradigma al ver el breve  cortometraje basado en la obra en mención. 
La trama en general al terminar de leer el texto, es de  cuatro seres vivientes, por un lado  dos ratoncitos conocidos como Fisgon y Escurridizo, y por otro parte 2 personitas  de nombre  Hem y Haw, quienes todos los días salían de su casa  para buscar su alimento consisten en queso fresco a un lugar llamado "Estación"; sin embargo al terminarse la provisión los dos ratoncitos optaron por moverse en busca de algún otro lugar para sufragar su necesidad de subsistencia. 
En cambios los dos ser humanos, se aferraron a estar en el mismo lugar, esperando que mágicamente por medio de arte de magia, realizando la misma rutina apareciera por milagro queso suficiente, si hacer un esfuerzo solo que la espera. Sin embargo Haw se anima y invita a su compañero  Hem a buscar nuevos horizontes; pero él, le respondía que por su temor no saldría. Al final el opto por irse solo al ponerse los tenis y salir corriendo  tomo el riesgo, y en consecuencia conforme avanzaba como peregrino de cantares, perdió  el miedo, lo que lo llevo a encontrar provisiones para saciar su hambre. 
En pocas palabras, la novela aporta los consejos para aquellos hábitos tan arraigados de la rutina, de la costumbre, de estar estacionado en el tiempo y el espacio, el dejar hacer y dejar pasar, con de salir de la zona de confot, con el hecho descubrir algún método fresco superación personal,  en el que una organización puede beneficiase por el cambio de actitud de uno, con la finalidad de contagiar con el entusiasmo a los demás.

jueves, 11 de enero de 2018

Un Mexicano, Premio Nobel de la Paz



En mi último artículo que escribí, por el motivo de fin de año, comentaba algunas razones por ser un promotor de la paz, en un radio de acción de carácter domestico, el contribuir a sembrar una semilla con acciones y objetivos de inculcar desde las salas de mediación una cultura del diálogo, o en su caso en las reuniones sociales, el difundir las bondades de solucionar los conflictos por la vía de los sistemas colaborativos..
Hoy por hoy, ya son varios compañeros que han contribuido a un cambio de paradigma, algunos los tuve como alumnos de licenciatura, en cursos, seminarios y hasta colegas de mi centro de labores, los cuales todos los días aportarnos nuestro granito de arroz para sembrar; pero en ocasiones nuestro modelos, o lineas de pensamiento se basa hacia personajes del extranjero; sin pasar desapercibido, la vocación pacifista en México viene de años atrás; como un dato hay de un  conacional  que fue galardonado con el Premio Novel de la Paz, en el Año de 1982, el abogado, originario del Estado de Michaocan de nombre Alfonso García Robles
Su desarrollo profesional del maestro García Robles, se llevo acabo en el servicio exterior mexicano, en el que ocupo varias encomiendas desde tercer secretario de la embajada de México en Suecia, hasta llegar al alto puesto de ser titular de la Secretaria de Relaciones Exteriores. Su paso fue muy fructífero en la materia de derecho internacional; pero su audacia consistió en sus habilidades de presidir las negociaciones del Tratado para la Proscripción  de las Armas Nucleares en América Latina, mejor conocido el Tratado de Tlatelolco .
En atención a lo cual, en el mes de abril de 1963,  los Presidentes de México, de Bolivia, Chile y Ecuador presentaron la comunidad internacional una Declaración Conjunta, con la finalidad de anunciar la propuesta de firma un Tratado Internacional, con el tema central de prohibición de no fabricar, procesar, almacenar y ni ensayar armas o artefactos que perturben la paz en la región y el mundo
Dentro de su carácter de Subsecretario de Relaciones Exteriores, Lic García Robles, en aquella época, su encomienda fue por la iniciativa de la admistración del Presidente Adolfo López Mateos. En primer lugar el presidir la comisión  ante la ONU y,  en consecuencia el hecho de impulsar las rondas de negociaciones del Tratado de Tlatelolco en la ciudad de México, por el motivo del capítulo en la historia que desato la Crisis de los Misiles entre Cuba y la Unión Americana en el otoño de 1962. 
Sin embargo el objetivo de la mesa de negociación, fue ante el temor de una posible guerra nuclear los países parte del tratado, se obligaban a realizar un solido compromiso, sobre la prohibición del uso de armas nucleares, y de igual forma la intervención en algún conflicto de carácter bélico en la región América Latina y el Caribe. Otro punto de suma importancia a resaltar del tratado, es punto de acuerdo del uso de la energía nuclear se destinará para fines pacíficos.
Del mismo modo, el esfuerzo del Maestro García Robles se corona con el máximo galardón a nivel mundial,  al otorgarle el Comité Noruego el premio Novel de la paz por su labor en la elaboración del tratado de Tlatelolco del año de 1967.
Lo anterior viene a colación, que en nuestro país, en la materia de política exterior, ha marcado una vocación a los movimientos pacifistas, el legado de Don Alfonso García Robles debe tomarse, como un aliciente para aplicarlo en al ámbito domestico, con el fin de fomentar una imagen hacia la comunidad internacional de ser un país comprometido hacia la filosofía de la paz.

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Cuando el ego intenta destruir un legado

    “Un hombre puede morir, las naciones pueden levantarse                                                                           y caer,...