Hace tiempo en alguno artículos publicados en mi blog había platicado sobre algunos temas generales de las salidas dentro del procedimiento oral penal, con la figura de los acuerdos reparatorios, y con el apoyo de la Ley Nacional de Medios Alternos en Materia Penal, a en mi forma de pensar, un muy buen paso para lograr la unificación de criterios en esa materia; sin embargo por la novedad de la implementación de las nuevas estructuras de la justicia penal de mi país ha sido cogida favorablemente; en ámbito del derecho privado ya sea contemplado una legislación general a cada Estado integrante de la Unión, con un papel de medio colaborativo y/o adversarial , y en materia federal en el derecho mercantil.
Cabe mencionar algunos antecedentes de los medios alternos de solución de controversias en el ámbito del derecho privado, con el primer dato tenemos el impulso en el "Tratado de Libre Comercio de América de Norte", entre los que incluía en los casos de incumplimientos de algunas de las clausulas de los Estado Parte del TLCAN, se propone una el proceso de arbitraje; pero se desprende dos etapas, la primera parte de rondas de negociación, ya sea por buenos oficios, conciliación o mediación, y la segunda en el proceso de arbitral.
En ese mismo orden de ideas, el maestro Dr. Oscar Cruz Barney, en sus clases de post grado en la Universidad Iberoamericana, Plantel Saltillo, reiteraba su estudio del TLCAN, se caracterizaba de ser un detonante de cambio en las estructuras legales de nuestro país, en la necesidad de llevar acabo el poder legislativo varias reformas al cuerpo jurídico interno, en materia de transparencia, aduanera, inversión extrajera, agrícola, y principalmente en el impulso los métodos alternos de solución de controversias, en la materia comercial, con el ejemplo de la modificación al capitulo del arbitraje del código de comercio.
A su vez, los maestros Francisco J Gorjón Gómez y José G. Steele Garza en su libro "Métodos Alternativos de Solución de Conflictos" nos comentan un dato muy interesante a mas de 18 años de la firma de TLCAN, los socios comerciales de nuestro país, Estados Unidos y Canadá, concientizaron al gobierno mexicana a implementar un esquema legislativo en el tema de resolución de conflictos, lo anterior conforme al compromiso de difusión y implementar los MASC, en los términos del Art.2022 del tratado.
Ya anteriormente, en otro dato de la historia de MASC, tenemos antes de la entrada en vigor de TLCAN, como hace hincapié en su libro de Mediación publicado por la Universidad de Sonora, MDCI. Olivia Salazar Vara, que en varias legislaciones en materia Administrativa ya se contemplaba como un medio alternativo, a la Conciliación, ya fuera en la materia de Bancaria y de Valores, Seguros y Fianzas, en el área de salud pública, en servicios al consumidor, entre otras, y de igual forma al arbitraje comercial en el código de Comercio.
Ya al final de la década de los años 90s, del siglo pasado, dos organizaciones empezaron a sembrar la semilla de la mediación, especialmente en sede judicial, una es a iniciativa de la Universidad de Sonora, y la otra es un programa del Departamento de Estado de la Unión Americana, el ABA/USAID, con la cuál se inicia con el Estado de Querétaro, Nuevo León, Distrito Federal, entre otros, ya actualmente en la totalidad de los Estados de la república se cuenta con los servicios de mediación pública, al dado caso, en todo el país se ha abierto ya espacios a la mediación privada con programas de certificación previo a una selección de aspirantes mediante una evaluación de perfil, de conocimientos y un examen práctico.
A manera de ejemplo, tal es el caso la CANACO, ciudad de México, a partir del año del acuerdo de sesión de Consejo Directivo del mes de Febrero de 1999, dio la pauta al siguiente año del 2000, con el objeto de contar con un espacio a sus agremiados en un Centro de Mediación y Arbitraje, en materia de comercio interior o exterior, y del mismo contando con sus propios reglamentos internos.
El avance de la mediación, en estos últimos años ha permitido un impulso en la cultura de la paz, en el cuestión de promover un estilo de vida, hasta preventivo incluido en las políticas públicas de atender la raíz de un conflicto de tinte social, en los campos del derecho privado y público, al dado caso ya es común en charlas de café hablar sobre los beneficios de los métodos colaborativos, vamos se cosecha una semilla de un nuevo estilo de hacer comunicación efectiva
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