viernes, 30 de octubre de 2015

Expediente o Persona



El día de hoy al terminar la jornada, y en lugar de mi rincón de mi estudio, escuchando buen rock progresivo alemán y francés sinfónico, me gustaría hacer una pequeña reflexión de marcar la diferencia entre la visión de un proceso judicial y la instrumentación de método colaborativo, por la razón en  dos ocasiones al escuchar a dos compañeros de la profesión, ambos con un espíritu combativo con la fe plena en la balanza de la Diosa de Justicia "ciega", comentaron ambos la frase de uno de los maestros y formadores de abogados litigantes, conocido como  "El Ave de las Tempestades", mentor de su servidor en la licenciatura derecho y dijo en alguna vez en la cátedra de Derecho Procesal Civil,  al "Cliente nunca lo veas como una persona, velo como un expediente, "..su dicho encerraba su formación del perfil, y agregaba "independiente el cliente sea inocente o culpable, tenga o no tenga la razón, se tiene el compromiso de defenderlo en sus intereses".

Así mismo, en otra charla de una consulta de un conocido, me solicitaba un consejo; sin embargo por mi formación  de mediador a mi me implicó platicar  de mi oficio, al explicar el trabajo  va más allá de lo jurídico, al tocar el tema de las emociones, el concepto del conflicto, y la forma de con nuestras herramientas tratamos de ayudar a despersonalizar el problema, con el motivo de identificar, la posición, el interés y la necesidad, claro, haciendo hincapié con la empatía y una buena comunicación asertiva apoyado en su entorno con la escucha activa.

Por tal razón, una de las ventajas de la resolución de conflictos de carácter colaborativo, en los mediados tienen el regalo o la oportunidad de ellos resolver por si mismo el conflicto, con la gracia de tener el control del trazabilidad de un acuerdo hecho a la medida de sus posibilidades en la brecha de la intersección de sus intereses; sin embargo no debemos pasar desapercibido una situación, la cual es la mediación ayuda a despersonalizar el problema, en cambio el litigio a viva la lumbre de un pleito desgastante más, o sea las partes se posición sin tener más flexibilidad  de la decisión de la autoridad, sujeta a un ganador o un perdedor.

Aquí , se observa la diferencia a mi gusto, entre  el trabajo del expediente del litigio en busca de la inclinación de la balanza a un solo lado con ganar- perder o vieceversa, en cambio, en la mediación, sin llegar a una utopía,  no se inclina a un solo lado, si no, tiene un  punto de equilibrio para los mediados, con el fin de obtener un acuerdo accesible a los intereses  y necesidades  comunes, que coinciden con una hipérbola en una intersección.

En conclusión,  la bondad de la mediación es tan amplia que ayuda a construir puentes de entendimiento, si saben aprovechar los beneficios.

 

1 comentario:

MariaCristina dijo...


A MI GUSTO LA MEDIACIÓN Y ESPECIALMENTE LA MULTIDISCIPLINARIA CONSTITUYE EL MIDO DE ABOGAR POR LOS DERECHOS DEL SIGLO XXI.
LAS PERSONAS DEBEN COMENZAR HA HACERSE CARGO DE SUS CONFLICTOS , CON LA AYUDA DE UN BUEN MEDIADOR PUEDEN DES-ANDARLOS Y LLEGAR A ACUERDOS DONDE LAS EMOCIONES QUE PRIMEN SEAN LAS DE LAS NEURONAS DEL CORAZÓN, Y EL ENTENDIMIENTO RECIPROCO PERMITA LOGRAR ACUERDOS PACÍFICOS , MUCHO MAS CONSTRUCTIVOS , QUE LO QUE DETERMINE UN JUEZ, QUE NO PERDERÁ EL SUEÑO POR LO QUE DETERMINE AUNQUE NO SEA DEL TOTAL ACUERDO DE LAS PARTES. POR OTRA PARTE CUANDO LOGRAMOS TRABAJAR CON LA EMPATÌA ESTO ES LOGRAMOS HACER QUE CADA PARTE SIENTA LO QUE SIENTE EL OTRO, ESO ES ALGO ASÌ COMO LLEGAR A LA RAÍZ DEL CONFLICTO. DE MODO QUE LAS EMOCIONES QUE SUBYACEN NO SE TRASLADARAN A NUEVOS CONFLICTOS. TODO SE HA MODIFICADO COMO EN UN TABLERO DE AJEDREZ.-DRA. MARÌA CRISTINA MONTANI FISCHER.-DESDE ARGENTINA.

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