miércoles, 22 de abril de 2015

El Abogado y Mediador Tercera Parte. El Perfil

«Mediar es abogar por la comunicación y por una cultura de paz en una sociedad cada vez más beligerante»

El Perfil del Abogado Mediador
 

Hace unos días vengo compartiendo con ustedes mis impresiones sobre el papel tan relevante del abogado dentro de la medios alternos de solución de controversias, aquí  con el enfoque colaborativo, con el fin de promotores de la paz;  pero no debemos de negar en las escuelas o facultades de derecho, en su educación tradicional nos han marcado el rumbo de litigantes, o sea a explotar el lado negativo  del conflicto, para obtener un resultado de ganar- perder; naturaleza de nuestra profesión.
 
En los videos conferencia  publicadas en la red social de Yuo Tube del Dr. Miguel Carbonnell y el Dr. Oscar Cruz Barney  han plasmado su enfoque del nuevo modelos de asesor jurídico del siglo XXI, al comentar ambos sobre los MASC, en cuanto sus beneficios principalmente en los costos económicos, en la flexibilidad, en la imparcialidad, entre otras cosas, es sin embargo  un logro de parte de ellos ya mencionarlo, y abrirle el campo para sembrar una semilla fértil, y sea cosechada para el provecho de la solución de controversias.
 
Ya es una meta cumplida, la difusión por parte de ellos; así mismo  es una salida positiva a las diferencias de los clientes de los abogados postulantes, de ofrecer una vía rápida y sencilla en los métodos colaborativos, en mi opinión  también el del facilitador en mediación juega un papel importante en hacer del conocimiento los beneficios de un buen arreglo.

 Por otro lado, en el perfil del facilitador en mediación, es abierto a todas las profesiones o oficios, siempre y cuando tengan la definición de habilidades. Por eso en varios talleres, diplomados, seminarios, ya sea principiantes o especialistas, se hace hincapié sobre las características del facilitador en mediación, ya conocido por todos, algunos de estos son enumerados por la Maestra Silvia Sallard López de la área de post grado de la Universidad de Sonora enumera las de mayor relevancia:
  • Empático
  •  Asertivo
  •  Honesto
  • Creativo
  • Buen sentido de humor
  • Buen Conversador
  • Tener buena escucha activo
  • Humildad
  • Tolerancia
  • Sentido de la transformación
  • Imparcial
  • Neutral
  • Habilidad de no emitir juicios
  • Habilidad de comunicarse, buena disposición al dialogo.

Sin embargo,  en el caso de un abogado colaborativo,  con el punto de vista de  negociador o mediador, el primer requisito principal es  ser un creyente y apóstol de los métodos colaborativos, de igual forma sea flexible, tener una visión de ver al conflicto como un área de oportunidad de crecimiento para sanar las relaciones de carácter contractual o extracontractual, de esa misma manera tener un comportamiento empático, se traduce en saber como se siente la contra parte en los lamentables sucesos sufridos por el, en resumen el contar con un lado humano, y la disposición de  paradigmas cambiantes del profesionista tradicional, todo caso cuadriculado, a uno de apertura en un sentido de retroalimentación.

De la lectura de la publicación de la Dr. Celia Blanco Escandón titulada  "Reflexiones al Entorno al Papel del Abogado dentro de los Procesos de Mediación"  editado por el Institutito de Investigaciones Jurídicas de la UNAM,  hace alusión a un buen abogado colaborador ayuda a los mediados a concientizarse de los beneficios, tanto económicos, como emocionales de entender al conflicto, de esta misma forma encausa a sus clientes a clarificar sus intereses y necesidades, orientándolos a un convenio bajo las premisas de reciprocas concesiones de ganar- ganar..

En mi experiencia como facilitador en la mediación, he tenido la oportunidad de ver la evolución de los métodos colaborativos, desde los inicios de falta de credibilidad, hasta el día de hoy, una mayor  participación de abogados bastantes años de ejercicio profesional, recomendar a sus clientes el proceso de mediación  como una vía pacifica y rápida, en la solución de sus accidentadas relaciones personales, sea de índole familiar o civil, a su vez el cambio de paradigma de las nuevas generaciones en creer  en una sistema rápido y eficaz, donde ellos encaminan en el poder de decisión a los mediados en la solución del conflicto.

En estos tres artículos, mi intención era compartir a ustedes mis inquietudes, del papel de abogado, en  el sustento de la formación jurídica desde el punto de vista  de su formación  académica en el derecho civil, mas de eso su evolución en aceptar los sistemas colaborativos como un camino en el planteamiento, en una mesa de negociación.

El Abogado colaborativo,-parafraseando a Abogada mediadora Española Martha Antuña Egochega- , es un facilitador del dialogo entre las partes y hacer sus esfuerzos de establecer un entendimiento entre las partes, estamos reinventando la abogacía.

 
 
 
 
 
 
 
 
 

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