sábado, 22 de mayo de 2021

Relaciones Familiares y Mediación

 

Los Beneficios de la Mediación

 




En la edición del programa 17 mayo del año 2021, del Balcón del Mediador desde Valladolid España, quien conduce con mucho tino el Maestro José Antonio Veiga Olivares. El ha tratado asertivamente temas muy profesionales para los que estamos inmersos en el mundo del trabajo colaborativo, a través de la mediación, tópicos de actualidad, por eso la cuestión a desarrollar fue a cerca de que los mediados platiquen su sentir de cómo les fue en un proceso de mediación, ahí dar una impresión de manera que sentimiento fue al inicio, así como dentro del evolución de las reuniones conjuntas a fin de encontrar soluciones a su problemática.

En dos entrevistas conjuntas, dan su testimonio Esteban y Manolo de haber acudido a un proceso judicial en materia familiar, el que fue para ambos desgastante, en lo económico, en lo emocional y principalmente el distanciamientos con sus familias. Los dos en sus dichos, iniciaron el juicio  de familiar sin tener conocimiento de mediación; sin embargo al ser canalizado al local de abogado defensor del Estado, en ese lugar les hacen de conocimiento de la alternativa de acudir en la búsqueda de una solución hecha a la medida de las necesidades de cada uno de los mediados, tal es el caso de la mediación como un método de negociación asistida.

El primer contacto, con el facilitador según uno de los entrevistados fue al despertar la empatía por el buen trato del facilitador, hacia las partes en conflicto, con el objeto de promover el diálogo con el propósito de lograr derribar el muro en donde la comunicación era nula, ya sea por la rutina y la enemistad de la pareja, que da el resultado, en la que los hijos sufren por la inseguridad causada por el nivel ríspido de disertaciones disfuncionales o la falta de conversación entre el padre y la madre.

En segundo plano, de las entrevistas de ambos invitados se advierte una metamorfosis de una construcción de un camino hacia la paz, en la que se estable la comunicación constructiva con sus parejas, con la sutileza de separar las posiciones personales de tal manera centrarse en intereses y necesidades,  a fin de detectar las zonas de crisis con el objetivo de trazarlas en áreas de oportunidad y lograr un acuerdo hecho a la medida de su entorno familiar.

Por otra parte, al lograse construirse el puente de la paz, el papel del facilitador se convierte según el testimonio de los entrevistados en un amigo; no obstante el rol de un verdadero amigo, el que sabe escuchar a ambas partes, que no juzga y no emite opinión desfavorable alguno, sino al conservar el papel de su posición en un terreno neutral y en una función imparcial ayuda a explorar en los mediados.

En este mismo orden de ideas, los beneficio de la mediación son múltiples desde varios puntos de vista, en lo económico, lo material, el emocional entre otros muy importantes; sin embargo la mayor aportación que da realce a la actividad del facilitador en el ejercicio de su función, en la implementación de un ambiente favorable  de comunicación no violenta que se pone en práctica la vía de la mediación, así incluyendo por medio los círculos de sanación con efectos restaurativos, según mi opinión, es la construcción de puentes de diálogo con un enfoque de comunicación constructiva a través de una charla libre de violencia, en dirección de sanear todas las relaciones interpersonales de una comunidad, en principal la de familia como el núcleo social.

 Tal es el caso, de los entrevistados, quienes se sintieron satisfechos por el servicio del mediador o mediadora que tiene un gran sentimiento de amistad; no obstante una amistad con empatía imparcial.

Por último, el testimonio de ambos mediados son prueba plena de la mediación es útil y eficaz con el objetivo de poner un nuevo habito de la cultura de la paz, porque recordemos la Paz inicia en casa.


Alberto Villegas Cabello

Abogado y Mediador

jueves, 6 de mayo de 2021

Mediación Escolar

 


El presente artículo es de la autoría  de la Maestra Daniela Jael Sánchez Alvarado, al participar el en programa de la Cultura de la Paz, lo cual de el agradece su aportación.


Mediación Escolar

1.      ¡¿Que es la mediación escolar?

Es un método de resolución de conflictos en el que dos o más personas acuden de manera voluntaria a una tercera persona imparcial, llamada mediador(a), para llegar a una acuerdo satisfactorio. Es un método alternativo. Ya que es extrajudicial, y es creativo porque promueve la búsqueda de soluciones que satisfagan las necesidades de las partes. Además, la solución no es impuesta por terceras personas, sino es “creada “por las partes. (Juan Carlos Torrego).

2.      ¿Qué es la mediación escolar?

La mediación escolar, es una forma más de mediación aplicada a conflictos que aparecen en las escuelas. Los diferentes tipos de conflictos que parecen en las instituciones escolares pueden ser entre maestros, entre padres, y/o entre alumnos.(Silvia Pungman)

La mediación escolar ha demostrado, en numerosos estudios, su eficacia para abordar de manera colaborativa y pacifica numerosos conflictos que se producen en el ámbito escolar . Además la mediación escolar tiene un enorme potencial educativo , tanto en el alumnado que forma parte del equipo de mediadores, del centro como para el que utiliza la mediación para resolver los conflictos.

3.      Objetivos de la mediación educativa

·         Resolver los conflictos que, por cualquier circunstancias no han podido ser manejados por las partes implicadas.

·        Permitir la participación de los miembros de la comunidad escolar en la solución de sus propios conflictos.

·         Enseñar habilidades de resolución de conflictos a la comunidad educativa.

·         Mejorar la convivencia y las relaciones interpersonales .

·         Se reduce el número de sanciones y expulsiones.

·         Reducir los niveles de violencia.

4.      Principios y perfil

Principios; Voluntariedad, confidencialidad, flexibilidad, imparcialidad, colaborativa, honestidad y equidad.

Perfil;  Neutral, imparcial, confiable, paciente, flexible, empático, creativo, buen sentido de humor, escucha activa. El mediador escolar o universitario no debe dar soluciones, no juzga no opina, no busca culpable, no causa miedo, no convence , EL MEDIADOR ES UN PUENTE DE COMUNICACIÓN.

5.      ¿La mediación escolar es una experiencia educativa? Si o no y porque: 

Si, ya que se fomenta una serie de competencias clave para la convivencia pacífica

·         El conocimiento de uno mismo

·         El crecimiento personal.

·         La comunicación eficaz

·         La capacidad de tomar decisiones y comprometerse a ellas .

·         El manejo adecuado de las emociones.

·         La empatía.

·         La resolución colaborativa de los conflictos. 

Además, hay que recordad que cada conflicto es una OPORTUNIDAD DE APRENDIZAKE,  en atención de que fomenta la creatividad, el conocer a otros, de dialogo y toma de decisiones conjuntas, y estar dispuestos a una actitud de cambio.

6.      El proceso de mediación escolar

·         Premediación

Aspectos a tener en cuenta.

·         Hablar con las partes por separado para determinar si la mediación es apropiada.

·         Determinar si son necesarias otras actuaciones previas a la mediación.

·         Descargar las emociones para que acudan a la mediación con menor tensión y generar confianza.

·         Consensuar con ellos las condiciones del proceso. (lugar, día, hora, sesiones)

Aspectos a tener en cuenta para decidir evitar la mediación.

Cuando los hechos son muy recientes y los protagonistas están “tan fuera de sí ”,  que no pueden escuchar, contenerse ni tomar decisiones.

La complejidad del problema excede lo que se puede resolver en el ámbito de la mediación. 

·         Etapa 1: Presentación y reglas del juego.

·         Etapa 2: Cuéntame.

·         Etapa 3: Aclarar el problema

·         Etapa 4: Proponer soluciones.

·         Etapa 5 Llegar a acuerdos.

7.      Modelos de Mediación Escolar. 

El modelos vertical: la mediación por parte de las/los adultos: la mediación realizada por adultos en la escuela, habitualmente por docentes y miembros de equipo directivo, también conocida como mediación vertical, es quizá, la forma más sencilla de ser aplicada. Estas reciben un entrenamiento específico en mediación y emplean el proceso como una herramienta más en su quehacer educativo en el centro escolar. Como mediadores o mediadoras, las / los adultos asisten a los/las alumnos o alumnas en el proceso de mediación escolar cubriendo las cinco etapas ya mencionadas, al examinar las percepciones y sentimientos de cada parte, así como la búsqueda de las posibles soluciones, y en la adopción de acuerdos que satisfagan mejorar las necesidades de ambas partes.

El modelo horizontal; la mediación entre compañeros o compañeras.: la característica fundamental de estos programas de mediación es que las y/o los mediadores o mediadoras. Así, si son dos alumnos y/o alumnas los que tienen el conflicto, los facilitadores serán, también estudiantes. El equipo de mediadores se selecciona entre el alumnado, en su caso, al recibir un entrenamiento específico de habilidades y conocimiento de las cinco etapas del proceso de mediación.

El modelo de patio de recreo: el alumnado, cuando tiene un conflicto durante los recreos o recesos en el comedor o en lugar de la institución educativa, puede recurrir, en ese mismo momento, a un compañero mediador o a un maestro para pedir la asistencia en el conflicto. Esta mediación, de carácter más informal y corta, se produce en el mismo momento y lugar. Este tipo de mediación suele realizarse en la educación primaria.

El “modelo patio” puede ser vertical u horizontal. En este último caso, los alumnos mediadores suelen llevar una prenda (banda en el brazo, chaleco, pañuelo, etc.) que les identifique como tales y se organizan en turnos.

El modelo derivado.; el modelo derivado, mas propio del nivel de secundaria a profesional, es una intervención más formal en la que deben cumplirse las cinco etapas del proceso de mediación, abordándolos a través del servicio de mediación del centro creado en la institución educativa. En un primer momento, el conflicto es remitido al servicio de mediación, las personas coordinadoras del servicio se reúnen, por separado, con las partes protagonistas, del conflicto (para la premediación) y así informar sobre el servicio y ofrecer una primera sesión; si las partes están de acuerdo en mediar se asigna a los mediadores y se organizan la sesión después de varios días y finalmente, más adelante, se realiza un seguimiento de evaluación de resultado.

8.      Conflictos mediables.

La mediación es una herramienta adecuada para muchos conflictos que ocurran en los centros escolares, pero no para todos.

La clase de conflicto que se considera mediable varia de un centro a otro, cada uno establece, sus propios limites a la hora de poner en práctica la mediación. En algunos centros de mediación utiliza exclusivamente, para abordar conflictos entre el alumnado, mientras que en otros se extiende su utilización a conflictos en los que el profesorado y las familias se ven implicados.

Los conflicto más adecuados para la mediación son los de carácter interpersonal, que versan sobre asuntos como:

·         Amistades que se ha deteriorado.

·         Faltas al respeto.

·         Rumores y malos entendidos

·         Objetos personales

·         Espacios de juego (prácticas deportivas)

·         Discriminación u hostigamiento.

·         Todo lo relacionado con convivencia.

 

9.      Conflictos no mediables.

·         Si no se cumplen con los principios de mediación.

·         Cuando el reglamento del centro determina que la situación debe conducirse por la vía disciplinaria.

·         Cuando existe un desequilibrio de poder importante entre las partes, por ejemplo en los casos de maltrato entre compañeros (violencia) ( La opción en estos casos son las prácticas restaurativas)

·         Cuando no se trate de un conflicto interpersonal o los temas no son negociables, por ejemplo situaciones de disrupción en el aula. La disrupción incluye un conglomerado de conductas inapropiadas en el aula, que se caracterizan por la falta de cooperación, mala educación, insolencia, desobediencia, provocación, hostilidad, impertinencia, amenazas entre otras. ( La opción en estos supuesto son las prácticas restaurativas),


10.   ¿Qué son las prácticas restaurativas escolares? 

Son una forma de pensar, sentir y actuar para crear una comunidad más conectada, y prevenir y gestionar situaciones en conflicto (Jean Schmitz)


Alberto Villegas Cabello

Mediador y Conciliador

jueves, 15 de abril de 2021

Las Dictaduras, Los Abogados y El Diálogo

 

 


Hace unos días, el Dr. Miguel Carbonell escribió un artículo intitulado “Las Dictadoras y los Abogados” en varios medios impresos y en portales de los diarios de noticias de mayor circulación del País y de los Estados, en el cual trata el tema a cerca de los profesionistas del derecho, los jueces y el orden constitucional, motivo por el cual es una incomodidad para algunas dictaduras por la sencilla razón de imponer un criterio que va en contra de los derechos fundamentales de una nación y de paso, no están abiertos a tener un límite que les marque la ley. Cabe mencionar, un régimen dictatorial desea tener sometido los poderes a su capricho sin contar con contrapesos a fin de no gozar de un equilibrio de división de  poderes.

Ahí, cita el maestro Carbonell su inquietud de los excesos de un Dictador que va en contra de todo orden jurídico, al decir “A los dictadores no les gusta los abogados. Los desprecian porque los estorban de las mismas forma que les estorban las constituciones y las leyes. Lo suyo es gobernar sin ataduras, sin jueces que les digan lo que hay que hacer y sin nadie que les reclame cuando violen las normas jurídicas”…., hago mía esa preocupación porque es dejar al capricho sin fundamento la concentración de los tres poderes en uno, con el propósito de sentir la santísima trinidad, con la diferencia de no tener clemencia.

Sin embargo esa animadversión a los juristas, no es reciente, sino en los países con un estilo dictatorial han sido perseguidos y calumniados por la impotencia de que son un peligro para alcanzar sus fines de detentarse en el poder, a toda costa de dejar un país en la desgracia, con un sistema total en crisis, desde el plano de salud, económico, social y con estándares altos de inseguridad.

Por eso escrito del Dr Carbonell comparte la preocupación de que por medio del ejercicio de la abogacía es un contrapeso en contra de los actos arbitrarios de la autoridad. Los abogados por su formación académica hacen una defensa de los derechos de los gobernados, que tienen la habilidad de echar mano de los múltiples recursos legales ante los órganos jurisdiccionales, tal es el caso en nuestro país de los jueces de distrito en materia de amparo, quienes no han cedido las pretensiones vagas del chantaje y denigración que hace alusión el ejecutivo federal, que pone entre dicho la honorabilidad de la profesión del abogado, al tacharlos de que son traidores a la patria.

Ante esa penosa situación, un régimen dictatorial debe de abrirse en sus pretensiones a fin de ser escuchados los actores en conflicto, por medio del diálogo constructivo al efecto de analizar de aquellas fallas de pasado. En consecuencia es el momento de buscar ahí las oportunidades de mejora, con el propósito de los actores públicos y sociales formulen soluciones viables y, así da la alternativa de construir un consenso equilibrado para ayudar a toda una nación  que actualmente está dividida por un discurso de odio y desunión.

En este orden de ideas, hay regímenes que se han abierto al diálogo y han sido exitosos, esperemos que el gremio de la abogacía colaborativa dentro de los regímenes dictatoriales estimulen el camino del diálogo con la finalidad de lograr una vía pacífica del entendimiento y respeto a la división de poderes 


 Alberto Villegas Cabello

Abogado y Mediador 

miércoles, 24 de marzo de 2021

Las Tres Muertes de Marisela Escobedo

 







En la secuencia del cine jurídico, hay varios temas a tratar, desde el punto de la aplicación del derecho de los sustantivo, a lo adjetivo, en lo que contribuyes a los cinéfilos legales una gran aprendizaje en especial a los jóvenes estudiante de derecho. No obstante no solo hay un ámbito jurídico, sino hay un ángulo con sentido humano, de otra perspectiva de lucha en la cual se despierta un ideal de justicia en frente de una serie de actuaciones de apatía frentes a actos procesales de los órganos de procuración y de jurisdicción, de modo que consideran los justiciables les vulneran algún derecho, en especial aquellos que ha sufrido la pena de haber un lamentable hecho de violencia o la desaparición forzada de un familiar, tal como la perdida de la luz de existencia de una hija en manos de su pareja, tal es el caso tan sonado en el Estado de Chihuahua de Marisela Escobedo.

Así es el hecho, de la investigación llevada a la magia de la plataforma de Netflix  el documental  de las “Tres Muertes de Marisela Escobedo”. La Historia de Marisela Escobedo, que como toda madre sufrió la pérdida, la desaparición y feminicidio de su pequeña hija Rubí, lo anterior dio causa a una incesante y tenaz lucha por hacerse justicia ante las diferentes instancias gubernamentales de reclamar un espacio a fin de ser escuchada por la negativa de falta de vocación de servicio de algunos funcionarios públicos de la administración de justicia.

Los lamentables hechos se llevan a cabo, cuando su hija Rubí de dieciséis años residente de Ciudad Juárez, en el Estado de Chihuahua y, se va a vivir con su pareja Sergio Rafael Barraza Bocanegra, al pasar de los días desaparece sin tener noticia alguna, ante esa situación su madre Marisela Escobedo se empieza a preocupar y  procede a indagar sobre su paradero, en el que  acude hacer del conocimiento antes las autoridades acerca de su inquietud de su hija; pero de parte de las instancias de gobierno no recibe una respuesta su petición, ante la falta apatía e interés.

En consecuencia, por iniciativa propia inicia su inalcanzable lucha de búsqueda y de justicia insatisfecha, al lograr de enterarse que la pareja de su hija, Sergio Rafael Barraza Bocanegra la privó de su vida por medio de la violencia, del mismo modo logra su captura ante su incesante tenacidad de presentarlo ante la autoridad Judicial en un tribunal oral, a fin de hacerse justicia por esa necesidad de reclamo. A pesar del caudal probatorio aportado por el fiscal adscrito al tribunal y.la disculpa de Barraza Bocanegra, en donde reconoce su responsabilidad, el órgano colegiado de jueces lo absuelve del delito de Feminicidio.

Ante esa situación, la Señora Marisela Escobedo endurece su lucha de reclamo, inconformidad y denuncia de la falta de tacto de la autoridades, por medio de la resistencia civil enarbola una bandera de una causa en contra de la ola de violencia en contra de la mujer y agregando los desaparecidos por la lucha en contra del crimen organizado

Un movimiento que sumo y despertó la conciencia de la sociedad civil con el propósito de hacer un extrañamiento de un ya basta a la violencia a los tres niveles de gobierno.

Así pues, ante esa lucha en lo que logro la unidad nacional en contra de la violencia, tuvo de Marisela Escobedo un fatal desenlace que terminó el cegarle la luz de su existencia al asesinarla a sangre fría en frente del Palacio de Gobierno en la Ciudad de Chihuahua un dieciséis de diciembre del año dos mil dieciséis

Por esto, el triste legado de Marisela Escobedo detonó un espacio en dirección de hacer conciencia social sobre la protección del derecho en contra de la violencia a la mujer, su ejemplo a seguir.

Como resultado, recientemente la Dirección y la Sociedad de Alumnos Antonio Caso de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Autónoma de Coahuila, inauguró su memorial dedicado a las mujeres en su lucha por sus derechos humanos y civiles, ahí de hace un reconocimiento especial al activismo de Marisela Escobedo por su ejemplo dado al mantener la flama de sentar las bases una sociedad mejor.

Por último, el film cinematográfico aporta una semilla de cambio en las estructuras sociales de respeto a la libertad de tener una sociedad mejor libre de violencia en todos los ámbitos y el rediseño de políticas públicas  a favor de tener líneas de acción de una convivencia un entorno social más igualitario y justo. 


AlbertoVillegas

         Abogado y Mediador

 

 

 

jueves, 11 de marzo de 2021

"Buscando Justicia"





En la reciente administración de la Dirección de la  Facultad de Jurisprudencia  de la Universidad Autónoma de Coahuila, su titular el Maestro Alfonso Yañez Arreola implemento junto con su equipo un proyecto de enseñanza, no solo en el aula, sino algo novedoso para hacer más dinámico el acceso al conocimiento del derecho, a través de la creación de un club denominado Cinema Jurisprudencia, el cual su objetivo principal es que los estudiantes de la licenciatura de derecho tengan acceso al séptimo arte, con el objetivo de disfrutar, aprender y entrelazar la teoría aprendido en las aulas para ver un lado del desarrollo profesional de un abogado con películas de carácter jurídico.

Por otro lado, los jóvenes estudiantes tienen la oportunidad de analizar una película a cerca de un trama judicial, en la que se desarrolla un litigio ante un tribunal oral, y ahí tienen la coyuntura de poner en práctica sus conocimientos adquiridos en el aula, al razonar cada una de las reglas de la valoración jurídica integral de las aéreas del derecho afines, con respecto de ir relacionado la norma con el hecho o supuesto jurídico que se desarrolla dentro de la película.

Cabe mencionar, la participación de un maestro conocedor de la materia, el cual introduce el tema con una explicación general del caso en litigio desde varios puntos de vista de los derechos de la personalidad y humanos, así como la aplicación de las normas procesales que instrumenta tanto del actor como el demandado, hasta la forma de abordar las posibles causas del juicio desde un punto de vista académico.

Por otra parte, el primer film que se presento para inaugurar el cinema club fue la placa cinematográfica intitulado “Buscando Justicia” dentro del género del drama judicial, la cual se estreno en la Unión Americana en el mes de diciembre de  año 2019, con la actuación principal Michel B Jordan. Quien caracteriza a un joven abogado recién egresado de la escuela de derecho de la Universidad de Harvard, de nombre Bryan Stevenson, a continuación se le presenta la oportunidad de trabajo en una asociación de derechos civiles en el  Estado de Alabama, con el propósito de empezar un trabajo en fundación de defender casos de personas ya sentenciadas a pena de muerte, con la opción de brindar un aliento de esperanza de libertad a los convictos con cita al pabellón de la muerte.

Así mismo, la presente película  es un hecho de la vida real, y el joven defensor abogado Brayan Stevenson lleva una lucha en el defensa de los derechos civiles de los sentenciados a muerte, en los juicios plagados de vicios al procedimiento y violaciones constitucionales en el ámbito de los derechos humanos elementales, además si le agregamos los prejuicios raciales que adolece esa sociedad americana del Estado de Alabama, a manera de ejemplo sobra aducir la discriminación a flor de piel, tanto de las autoridades de investigación como jurisdiccionales con una prevaricación de elementos de prueba sin fundamento, tomando en cuenta testimoniales carentes de veracidad, basado con el solo dicho, sin encontrarse adminiculado con algún otro medio de prueba contundente, con lo anterior daba el peso para condenarlo a la pena capital en un sistema de jurados.

A través de la historia real adaptada a la pantalla grande, observamos la tenacidad del abogado Bryan Stevenson al defender a su cliente Walter McMillian sentenciado a muerto por un ilícito de feminicidio, al conseguir una evidencia de una declaración testimonial, la cual se obtuvo de un audio cintas, en la que comenta el único testigo de cargo de no incriminar a un inocente para acusarlo de un feminicidio, por otra parte la declaración de un policía investigador que en su dicho señala las faltas de formalidad y alteración de pruebas en la escena del crimen; sin embargo la autoridad judicial le da un lamentable revés de no reabrir un nuevo juicio, por la razón que argumenta sobre el acervo probatorio no era suficiente y contundente, por el simple transcurso del tiempo se le restaba y negaba validez jurídica.

 A pesar de, el joven abogado recurre a interponer recurso de apelación ante el Supremo Tribunal de Alabama, en el cual resuelve el revocar el anterior veredicto y, dar pie  al dictar una nueva sentencia, ordenando  se desahogue los elementos de prueba, de este mismo modo estar en posibilidades de contemplar un nuevo litigio.

En consecuencia el tribunal penal inferior del condado retoma lo ordenado por la instancia superior. Así pues la defensa presenta una moción, en base a la retractación de un testigo de cargo y la declaración de un investigador de la policía, quien señala la falta de probidad, honradez y vicios de la investigación, al mismo tiempo decide el fiscal del condado adherirse a la petición del abogado defensor,  de ahí que el tribunal absuelve delito de feminicidio por el cual se le acusa a Walter McMillian, tras años de lucha al fin logra su libertad.  

En definitiva, la trama de “Buscando Justicia” de la experiencia de la función del abogado es defender a su cliente hasta el último aliento de esperanza

Alberto Villegas

Abogado y Mediador

lunes, 8 de marzo de 2021

La cuestión ética, según la opinión de Orestes Gómez.

 



El día de hoy, comparto la columna integra del Maestro Orestes Gómez, uno de los articulistas y editorialista con mas arraigo y reconocido en el Periódico de la Ciudad de Saltillo de mayor circulación y tradición, "El Vanguardia". De su Columna "Al Correr de la Pluma" de fecha 28 de febrero de actual año,  nos trata el tema con el sentido de la ética a fin de distinguir con libertad de actuar humano, con el ánimo de conciencia entre comportamiento de consecuencias positivas y/o negativas, entre los aciertos y desaciertos, con ese albedrio de ajustar a las buenas costumbres sociales y morales del entorno donde vivimos en nuestra comunidad.

Ante esa razón, el maestro toma como referencia al filosofo español Ernesto Sabater, quien en sus obras tiene el tino de hablar en forma coloquial de la ciencia de la ética, en la actualidad con la evolución de la sociedad actual con una óptica adecuada a las circunstancias, ese hecho lo hace notar el abogado Orestes, al ser el un gran conocedor del capital humano.

Por eso recomiendo ampliamente la lectura de sus publicaciones, en especial la presente, por sus aportaciones que hace en la actualidad en un cambio de paradigma, a fin de retomar y refundar los valores fundamentales de la convivencia social diaria de nuestra comunidad.


Coahuila insumiso: la cuestión ética

“El arte de vivir, de saber vivir. Consiste en inventar y elegir, en equivocarnos y adquirir cierto saber vivir que nos permita acertar en una próxima ocasión”. Savater.

"De mi viejo profesor ateneísta Eliseo Torres aprendí que actuar moralmente era hacer lo que tenía que hacerse, de acuerdo al valor del bien, definición que lleva a reflexionar un conflicto de origen que surge entre lo que afecta a mis intereses cuando tengo que obrar bien o de conformidad a lo que debo hacer, en contrariedad a lo que es más fácil: no hacer las cosas.

Como la moral no tiene más jueces que la conciencia y la comunidad, entonces hacer el bien o el mal no tendrá mayores consecuencias legales para el agresor, que la de rendir cuentas a ese oscuro juzgador que es la conciencia, esa que despierta por las noches y habla al oído y luego no deja dormir.

Savater explica el proceso de conformación de lo mencionado de una manera clara y sobre todo fácil de aplicar a nuestro deber ser: “Los seres humanos estudian por interés, para adquirir una destreza y utilizar algo o para ganarse la vida. Así el conocimiento más importante para saber vivir es distinguir lo que nos conviene (lo bueno) de lo que no nos conviene (lo malo). Sin embargo, en la vida no es tan fácil distinguir lo bueno de lo malo. Los únicos consensos de los seres humanos son que no estamos de acuerdo con todos y que nuestra vida depende en parte de nuestra voluntad. La voluntad, poder decir “sí quiero” y “no quiero”, es lo que nos diferencia del resto de los animales de la naturaleza. Esa voluntad, la capacidad de elegir es lo que llamamos libertad. La libertad también tiene dos condiciones. La primera es que no podemos elegir lo que nos pasa, pero sí cómo responder a lo que nos pasa. La segunda condición de la libertad es que ser libres significa intentar algo aunque no siempre logremos los resultados que queremos. Muchas fuerzas pueden limitar nuestra libertad (los fenómenos de la naturaleza, la enfermedad, la tiranía de otros seres humanos). No obstante, somos libres. Algunas personas no creen en la libertad humana porque no quieren asumir la culpa o las consecuencias de sus acciones (otro siempre tiene la culpa de lo que nos pasa). En resumen, los seres humanos siempre pueden considerar más de una opción a un evento. A esa consideración de opciones, esa distinción entre lo bueno y lo malo de una opción le llamamos ética”.

Kennedy en su toma de protesta como Presidente de Estados Unidos mencionó: “No te preguntes qué puede hacer tu patria por ti, sino qué puedes hacer tú por la patria”. Esto es que la suma de todos los comportamientos “buenos” logrará una conciencia social y también obras, leyes, autoridades y naciones con excelentes resultados.

La paradoja de los tiempos ha inmiscuido a diversos actores que fueron forjando la conciencia cívica, hombres de entereza moral, de valor civil, de principios que legaron algo más que palabrerías y demagogias.

El profesor Tierno Galván esbozaba en sus innumerables apuntes: “Es difícil ser bueno y fuerte a la vez. Y, por lo común, cuando más fuerte se es menos razón se tiene”.

El comportamiento cívico requiere el respeto de los valores básicos de la vida: bien, justicia, verdad y armonía, empezar con ellos ya llevará su ganancia entonces.

Después hay que traducir esto a nuestro común vivir en casa, con los vecinos y los compañeros, llevando el tatuaje de estos simples principios: vivir honestamente, no dañar a otros, dar a cada uno lo suyo, respetar la naturaleza y si esto no es mío, debe ser de alguien más.

¿Sencillo se lee?, entonces: ¿qué estamos esperando para lograrlo?"



Alberto Villegas

Abogado y mediador

viernes, 5 de febrero de 2021

Mediación Notarial




En la propuesta de mediación notarial presentada a los Estados de la República por el Colegio Nacional del Notariado Mexicana A.C. es viable de implementar, por la sencilla razón de hacerlos participes, promotores y operadores de la cultura de la paz a los federatarios públicos, al pretender esa noble causa de cambiar un paradigma de justicia adversarial tan arraigado en nuestro entorno social, con el objeto de pasar a un modelo de la implementación de figura derecho colaborativo, con el resultado a corto y mediano plazo de mayores beneficios a los justiciables, tal como el ahorro en el ámbito económico, de tiempo y el aspecto emocional.

Sin embargo en la petición que platean ese órgano colegiado hacen alusión a los Notarios Públicos de la República, que ya participaron en el “Diplomado en Mediación en Sede Notarial”, impartido por la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México con altos estándares de calidad, y a su vez buscan la opción que se les habiliten la certificación de facilitadores privados en mediación para ejercer ese oficio, el cual seria de gran ayuda para la administración de justicia delegar e incentivar los métodos colaborativos en la solución de conflictos, al igual que implementarlos en la materia de sucesiones, de operaciones civiles y mercantiles, por último  abarcar el campo de la familia.

En mi opinión, observo con agrado esa posibilidad; no obstante hago hincapié acerca del papel protagónico y rol del facilitador en mediación, con el objetivo de poseer y alentar las habilidades ya conocidas, así como la honestidad, la empatía, el desarrollo de la escucha activa, el ser imparcial y neutral, el trabajo de la  asertividad y de la creatividad, entre otras cosas. Con esto quiero decir el aplicar en cada Estado de la República los requisitos,  el proceso de certificación y los supuestos para ejercer como facilitadores conforme a su legislación o ordenamientos jurídicos aplicables para obtener esa habilitación.

En primer lugar, el hecho de cumplir con el perfil si son viables, en cuanto a la aplicación del examen psicométrico a fin de verificar su rol adaptación a la flexibilidad, empatía, honestidad y adaptación de cambios emocionales.

Por otro lado, el marco teórico legal del conocimiento de los principios fundamentales de la mediación, las etapas del proceso, los conceptos generales de las herramientas y habilidades  de comunicación.

Por último, el examen práctico con la finalidad de reafirmar las habilidades del manejo de las herramientas de la  escucha activa, parafraseo, el reencuadre, entre otras. Del mismo modo darse cuenta del desarrollo del papel de aspirante dentro del proceso de mediación, tenga una idea de la destreza del manejo de una reunión conjunta con el objetivo de poner en sus habilidades y conocimientos de una negociación asistida por el facilitador en el que ayude a los mediados en identificar las necesidades e intereses con el propósito de auxiliarlos en hilar un acuerdo.

Alberto Villegas Cabello

Mediador y Conciliador. 

 

 


Los Caballeros de Colón: constructores de paz en tiempos de la Guerra Cristera

  La historia suele recordar a quienes empuñaron las armas, pero pocas veces habla de quienes decidieron tender la mano. La Guerra Cristera ...