domingo, 26 de junio de 2022

Cultura de la Paz y Familia 3a Parte



Redes de Apoyo 



En los último últimos artículos publicados en el blog, hemos tratado el tema sobre la cultura de la paz y la familia, un tópico interesante de abordar con efectos preventivos y preventivos a fin de tratar los problemas que se presentan en el núcleo de la familia tal como las diferencia de pareja tan acentuadas, las separación y distanciamiento, muchas ocasiones al afectan la zona de se seguridad de los hijos e hijas menores de edad  en varios  ámbitos, como su desarrollo psíquico,  su confianza y autoestima personal, entre otras cosas. En consecuencia, comienzan a vivir dentro de disfuncionalidad por la falta de coordinación de sus progenitores, lo que a la larga trae resultados muy desfavorables para ello.

Al estar los hijos e hijas en frente de una disolución de la relación de matrimonio o de pareja, del papa y de la mama; trae consigo el resultado en la mayoría de los cosas una inestabilidad emocional y de seguridad, por lo que los hijos e hijas menores tiene una carencia de pertenencia a un núcleo familiar y, si agregamos que los abuelos de ambos lados no contribuyen a los lazos familiares de la hoy relación de sus padres, van a marcar un distanciamiento o en su caso se acrecienta una crisis familiar por la  convivencia y la custodia, al dado caso de  darse el supuesto que el asunto se pueda judicializar, por la falta de coordinación de los abuelos de ambos lados, así como del  papa y mama por su relación hacia su hijos, ya haciendo un lado de la de pareja

Ahí que, estaríamos en frente de la figura del supuesto de alienación parental, por la falta de coordinación tanto de la familia política de ambos lados, como de los padres; esto impacta en un modelo a seguir y, el cual va a replicar en un futuro cuando tenga una familia; pese a lo cual, lo anterior, se puede revertir, a través del diálogo constructivo ya se por medio de la mediación o la práctica de la filosofía de la justicia restaurativa, a fin de trabajar el concepto de comunidad familiar.

Así pues, al hablar de comunidad familiar, en mi opinión, tratamos los valores comunes de auxilio que se dan en una organización, porque la familia en comunión es una unidad de ambos lados, desde el núcleo central hasta las familias satélites -políticas-, con el propósito de constituirse redes de apoyo con el objetivo de coordinarse al efecto de prestarse la ayuda, hacia el cuidado de los chiquitines, y dar muestras de canales funcionales de comunicación.

Las redes de apoyo son el conjunto de relaciones que integran a una persona con su entorno social, o con personas con las que establecen vínculos solidarios y de comunicación para resolver necesidades específicas[1], en especial nos enfocamos a la familia con hijos menores, con la finalidad de brindar un entorno de seguridad en un concepto amplio, en que se armonice los cuidados y atenciones  bajo un  trabajo de responsabilidad colaborativo, en el que se encuentren áreas de oportunidad al efecto de mejorar todo el ambiente estable que rodea de a los niños, niñas y  las o los adolescentes.

Para finalizar, la familia tiene el núcleo y, además las relaciones que giran alrededor bajo la figura de apoyo de satélite, en cual debe tener armonía por el bien de los hijos y los nietos.

 

 



[1] https://www.gob.mx/inapam/es/articulos/importancia-de-las-redes-de-apoyo-social-para-las-personas-mayores?idiom=es

 

sábado, 18 de junio de 2022

Cultura de la Paz y Familia 2a¨Parte

 

Relaciones Familiares



El último artículo del presente blog hablamos a cerca del tema de la “Cultura de la Paz y la Familia”, en el que tratamos el tema a cerca de los efectos que tiene en términos muy generales dentro de la comunidad familiar en el que se presenta un conflicto de pareja; y por la imprudencia llega a afectar a los integrantes de segundo nivel en su desarrollo psicosocial, o sea hablamos de los hijos e hijas pequeñas y las o los adolescentes.

Los conflictos de pareja, que son el núcleo de primer nivel de organización familiar, son dentro del término de la administración del conocimiento, es la alta dirección en donde se toman las decisiones transcendentales no solo del aspecto sentimental, sino de la educación de los hijos e hijas; sin embargo, sino se da una comunicación constructiva en el que se identifique las áreas de crecimiento y de oportunidad,  se presenta una hipótesis muy socorrida de lucha con tendencias a resultados catastróficos que afecta a toda la familia.

Por eso haga hincapié en estas líneas, el papel de la pareja antes de iniciar una vida en común es el deber ser, el de planear la misión de esa organización familiar, el establecer la visión a mediano y largo plazo, por último, el definir los valores que rigen las reglas funciones entre los integrantes de la alta dirección, o sea la pareja. Lo anterior brinda un rumbo a fin de sortear las suertes que se presente en la vida de pareja, en consecuencia, gestionar el conflicto con el propósito de que los hijos gocen de un clima de confianza, de estabilidad emocional y de seguridad.

Con todo esto, la pareja o los esposos deben el trabajar el sentido de responsabilidad colaborativa y de ahí, el conocer la aplicación practica de la comunicación empática y no violenta, que abre los canales de una retroalimentación con el objetivo de localizar las áreas de oportunidad de crecimiento al efecto de transitar a una comunidad familiar. 

Por otra parte, me gustaría resaltar las relaciones familiares de carácter político, que a veces en lugar de brindar una ayuda, tienen el error de alimentar una narrativa de odio, de desunión y descrédito entorno a la pareja de cada uno y a la propia familia de origen, en consecuencia forjan una desagradable imagen hacia los hijos e hijas. 

Conviene subrayar, que en algunas ocasiones los consuegros rebasan los limites de tolerancia de formular juicios altamente despreciables de crítica destructiva hacia la familia política, en el que provocan una alienación parental y contribuyen a polarizar la controversia entre la pareja en el cual los únicos desfavorecidos y perjudicados son los pequeños y pequeñas por el abismo provocado por los que se dicen ser abuelos pensantes. Por esta razón, al contrario, la familia política de ambos se debe constituir como una red de apoyo, revirtiendo el factor de disolvencia de relación de padre y madre, a fin de generar lazos operativos y colaborativo de apoyo mutuo en torno de los hijos e hijas. 

 En otras palabras, las relaciones satélites de los parientes políticos, al momento de las crisis de su hija e hijo que hace vida de pareja, debe de guardar cautela y, mantener una distancia sana, más no apática en la que se negaría apoyo; sino al contrario el constituirse como una red de apoyo, con el objetivo principal crear una narrativa constructiva con tintes de  conexión empática .y piadosa en el que se albergue el apoyo mutuo hacia el porvenir de los integrantes de la comunidad familiar. 

Por consiguiente, estamos por celebrar el día del padre, es un instante de hacer un alto en el camino con el propósito de hacer conciencia a cerca de las relaciones familiares, para mejorar la comunicación constructiva. Y por otro lado a fin de reconocer a todos aquellos padres que han tenido el cumplimiento del deber sin desencanto alguno, de llevar a cabo el compromiso de educar a sus hijos e hijas bajo el paradigma de la responsabilidad colaborativa, En particular el hacer un reconocimiento aquellos hombres prudentes que conservaron la ecuanimidad, especial mi padre Don Oscar Villegas Rico, de igual manera aquellos que me albergaron como un hermano más de sus hijos, Don Agustín Garcia Ramos, así mismo Don Vicente Guevara, Don Francisco de la Peña, Don Nazario Iga y Don Ildefonso Verduzco Elizondo .

A ellos, que siempre  mi admiración y respeto, estuvieron en frente adversidades de la vida,  nunca dejaron solos a su familia..

 

 Alberto Villegas Cabello

Abogado y Mediador 

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miércoles, 15 de junio de 2022

Cultura de la Paz y Familia.

      Negociación y Mediación Familiar

   Interés y Necesidad los Hijos e Hijas.




En días pasados me han invitado a participar en dos coloquios de capacitación en la formación de facilitadores en mediación con acentuación en materia familiar, un tema muy interesante y demandante en la actualidad, en el que se debe contar con especialistas de vocación a efecto de gestionar como operadores de la paz ese tipo de conflictos, que menoscaba en primer lugar a la relación de pareja por una la mayoría de los casos por no tener adecuados canales funcionales de comunicación;  sin embargo  el problema se agranda con el hecho de tener hijos en la etapa de la niñez y de la adolescencia, el cual les perjudica los hechos que están pasando, ya sea por estar juntos como pareja o separados.

Conviene subrayar, en el caso de repercutir en los hijos las disputas de los padres crea un ambiente desagradable para su desarrollo, porque se pueden presentar cuadros en el comportamiento individual de inseguridad, de resentimiento, de ira, de desplegar violencia, deserción escolar, entre muchas cosas; en consecuencia trae un distanciamiento o actos de rebeldía  hacia el padre o la madre, vamos, estaríamos frente varios supuestos de indisciplina o de alineación parental en el caso de que los hijas o hijos se inclinarían hacia el lado de alguno de ellos.

El resultado, de esa conducta animadversión del padre o la madre, o ambos da un supuesto de ser una pareja y/o familia disfuncional, en el que los canales de comunicación no son claros en relación a las reglas de conducta de cómo orientar y cuidar a los hijos. El resultado será presumiblemente en la mayoría de la ocasiones los hijos e hijas busquen otras alternativas de grupos afines a él, por la carencia un hogar o familia que supla esa necesidad de identidad y fraternidad, de ahí que al buscar un clan al pertenecer tengan costumbres nocivas no adecuadas a su desarrollo.

Dicho de otra manera, el niño, la niña, el o la adolescente pasara a ser un sujeto de derecho que despliega conductas antisociales o en un próximo futuro, habrá a hacer un generador o victima de la violencia de género

De manera que en algunos casos una alternativa de ayuda a efecto de explorar la dinámica familia, cabria la posibilidad de que la pareja  del padre o la madre acudan a solicitar los servicio de proceso de mediación, lo que les ayudaría a buscar alternativas para la solución del conflicto, que la mayoría están polarizados, en el cual sus posiciones no son nada favorables hacia los hijos, por estar en un estado de confusión entre los sentimientos y perjudican indirectamente a los pequeños integrantes de la familia.

El papel del facilitador o facilitadora es de gran ayuda, por la razón de que una de sus funciones al contribuir a construir puentes de comunicación no violenta, por medio del uso de las herramientas  ya de ustedes conocidas, como la escucha activa, la conexión de empatía piadosa, el parafraseo, entre otras, con el objetivo que a través del proceso de mediación  que es de comunicación se conduce desde la narrativa hasta el acuerdo, si que se dan las condiciones a fin de alcanzarlo.

Al mismo tiempo, hay que resaltar la etapa intermedia entre la narrativa y la generación de opciones, ahí nos topamos con el segmento resumen de intereses y necesidades, según mi punto de vista ya se obtuvo la causa raíz del conflicto, dicho de otra manera ya a través del desarrollo del conflicto ya se identifico los intereses y necesidades de los mediados, vamos ya estamos en el supuesto de haber despersonalizado el problema. No obstante, ya descifrado la posición de los mediados, la habilidad del mediador por medio de esa retroalimentación tiene que  ser creativo  a fin de centrar la negociación en el bienestar de los  hijos e hijas, atendiendo al interés superior de la infancia, con el propósito de que en la generación y evolución de opciones sea vean las propuestas viables y favorables, las cuales contribuyan a un desenvolvimiento propicio con el propósito de que durante  las etapas del crecimiento no sufran carestía, de igual manera no sean presa del fenómeno de la violencia, ya sea como victimas o generadores.

En conclusión, considero que en los procesos de negociación o de mediación familiar el interés y necesidad principal, es el bienestar en un amplio concepto de aplicación hacia los hijos e hijas. De manera que, los padres disponen de un nuevo replanteamiento de una planeación estratégica en el cual definan  su misión, visión y valores con miras a un efecto transformativo a futuro.

Alberto Villegas

Abogado y Mediador


miércoles, 8 de junio de 2022

Derecho, un Nuevo Enfoque, el del Carácter Colaborativo

 



En las redes sociales hay bastante información la que se difunde varios tópicos, por consiguiente ha sido un elemento muy importante en la generación de un capital intelectual, con especial énfasis en los temas del derecho en la actualidad, en el cual ya se empieza a gestar un cambio de paradigma de aquella imagen de maestro exitosos como abogados postulantes, en la que la mayoría de los casos dominaban las diferentes materias en ámbito del derecho sustantivo y diestros en el adjetivo, reconocidos en lo procesal en la instrumentación de litigios ante los órganos jurisdiccionales.

Sin embargo, a inicios del siglo XXI, se ha gestado un cambio de paradigma para concebir la nueva figura del abogado, de aquel profesionista de imagen adversarial, a fin de transitar a lado de un negociador, en un sentido con tintes en un lienzo de finas líneas trazadas en un boceto de carácter colaborativo, con la dulzura más de ser empático, asertivo, con buena escucha activa y el firme propósito de auxiliar a su clientes en la construcción de un consenso vía de acuerdo a fin de solucionar una controversia.

En algunos foros nacionales en el cual se han difundido en los plataformas tecnológicas la participación del maestro el Dr, Miguel Carbonell, catedrático del Centro Carbonel AC, ha hecho hincapié a cerca de nuevo rol de abogado, en lo que ya debe de evolucionar de pasar de ser juristas de una acentuación de confrontación, a dar el paso de auxiliarse por los métodos alternos de solución de carácter colaborativo, en el que se hacer ver los beneficios de ahorro de tiempo, dinero y esfuerzo; no obstante considero que no pondera con profundidad el elemento de la persona en su entorno psíquico moral en cuanto sus emociones, sentires e intereses.

Al contrario, el Maestro Javier Ales Sioli, de la Universidad San Ignacio de Loyola de la ciudad de Sevilla España, en su blog titulado Cofres de los Tesoros de la Mediación, ha expuesto según mi punto de vista, que los métodos alternos  de orden colaborativo rompen con el paradigma de abogado tradicional, con el propósito de hacerlo ser más empático con el problemas de los mediados, al señalar que sus clientes no son un número de expediente, en lo que solo en un papel se plasma sus emociones y no son palpadas por otra parte; en cambio a través de mediación ellos hacen ver su calidad de personas, en el que exponen el conflicto con sus propias emociones, preocupaciones e intereses, en lo que por medio de diálogo constructivo, franco y abierto cabe la posibilidad de que hagan un acuerdo hecho a su medida.

Al mismo tiempo, las posiciones del Dr, Carbonell y del Maestro Javier Ales Sioli, coinciden en los beneficios de los métodos alternos, lo cual se enfoca en una negociación de ganar-ganar, de acuerdo con el paradigma de hacer reciprocas concesiones con respecto de finalizar con una contienda presente y futura. Ante esto, aquí estamos enfrente de una nueva modalidad del derecho, el derecho colaborativo.

De ahí que, esta rama del derecho colaborativo es nueva disciplina que nace en el Estado de Minesota en la Unión Americana, en la última década de los años 90’s del siglo pasado, por el abogado de familiar Stuart Weeb, quien vio que el litigio tradicional no siempre dejaba a sus clientes satisfechos sobre el resultado obtenido y, el perjuicio que les causaba a la familia, procuro una alternativa más eficaz en la que se encuentra una técnica menos desgastantes en lo emocional, como en lo económico para sus clientes en el cual los abogados y su equipo negociación tiene la habilidad de ser empáticos con su clientes y la contraparte, ambos se envuelven en una dinámica de explorar alternativas en dirección de construir soluciones hechas a la medida de las partes, tomando en cuenta sus intereses y necesidades

Una idea del derecho colaborativo, en mi opinión, es de tomarse en cuenta en un  proceso de negociación, con el que las parte en controversias deliberan determinadas posiciones de carácter licito y normativo; licito es lo permitido por la ley y normativo es todo el proceso de libre albedrío razonamiento, a fin de una metodología de comunicación constructiva y no violenta, alcanza a potenciar las áreas de oportunidad con el propósito de alcanzar un acuerdo hecho a la media de las partes, en las que se hacen reciprocas concesiones favorables.

 De ahí que, el derecho colaborativo sea por medio equipos de negociación los cuales se componen de varias integrantes de diferentes disciplinas para ambas partes, por otra parte se incluyen también la mediación, la conciliación, la evaluación neutral y sin olvidar, la filosofía restaurativa, por la cual se aplica en una modalidad de una práctica de la justicia restaurativa que opera por medio de un encuentro victima ofensor, circulo de paz y/o conferencias familiares 

Por último, el derecho colaborativo es un instrumento de diálogo constructivo, en el que se basa en las premisas de la empatía, la asertivdad, la flexibilidad, la confidencialidad e incluyente con el propósito de lograr acuerdos favorables, y en donde inculque la filosofía de la cultura de la paz.

    Alberto Villegas

         Abogado y Mediador


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