lunes, 15 de febrero de 2016

La Misión... La Paz



Los Métodos Alternos de Solución de Controversias en varias regiones de México, en los últimos años ha tenido una aceptación de bastantes adeptos, dentro de plano educativo, y en el aspecto comunitario, principalmente en las relaciones entre miembros de un barrio o comunidad, al dado caso ha rendido frutos, en la meta de contar con mas facilitadores capacitados y previamente certificados, con el objeto de destinarlos al apoyo de ayudar a resolver los diferentes matiz de problemas entre los vecinos de las colonias o fraccionamientos con un alto impacto de inseguridad; o en la hipótesis de la escuelas públicas ya se da una cultura de la paz, con la misión en una política pública de atenuar y prevenir la violencia escolar, con mediadores pares, entre las filas de docentes y alumnos.
 
 La mediación en una línea de acción dentro de la escena social de nuestra comunidad, tiene la trazabilidad de una medida de carácter preventivo, de ayudar en un instrumento de la solución del conflicto, de aquellos que lo sufren; y da la bondad de su naturaleza voluntaria, flexible y confidencial, de construir un camino ameno y menos desgastante en lo emocional a los mediados, además de brindar un clima neutro en donde el espacio invita a despersonalizar el conflicto, aquí el facilitador con sus técnicas y habilidades,  es un arquitecto de un diseño en la elaboración de un  plano con cimientos solidos y desarrollo, de un acuerdo a la medida de las necesidades y intereses  de cada uno de los participantes en la controversia.
 
Por otro lado,  en la preparación de los métodos alternos de solución de controversias, el tema del carácter colaborativo, tal como, es la mediación y la conciliación, es una obligación de quienes imparten los cursos, el transmitir los conocimientos teóricos, prácticos  y sus experiencias en la elaboración de los campos de la paz por medio de un diálogo fructífero; sin embargo no hay que confundir,  el papel del instructor no es ser un vendedor mercantilista de cursos de superación personal individual de sentirse bien, sino es un factor de concientización, inclusión y de cambio de paradigma del conflicto, de una ambiente social desquebrajado por los niveles de violencia, a transitar a un espacio favorable en un clima  con la finalidad de alcanzar la acuerdos constructivos de paz.
 
A su vez, en planes académicos de las escuelas y facultades de derecho y a fines a las ciencias sociales, en tanto a nivel licenciatura, como maestría incluye en la curricular académica la materia de Métodos Alternos de Solución de Controversias, con el fin de introducir a los estudiantes en el mundo del conocimiento de sistemas colaborativos y adversariales, del mismo modo el catedrático en su perfil, tiene  que ser un conocedor y practicante, además contar con nociones de derecho civil, con el objetivo de brindar los pilares generales de la legislación, conceptos de negociación, conciliación, mediación, evaluación neutral, pláticas restaurativas y arbitraje, la teoría del conflicto, las herramientas de los facilitadores, entre otras cosas.
 
Antes la forma de pensar  era el solucionar los conflictos  bajo la potestad del Estado, a través  de la decisión tomada en las instancias administrativas o jurisdiccionales; pero implicaba de algunas de las parte no quedaba satisfecha, y en consecuencia el pleito o el litigio seguía en otras instancias, con altos costos económico o judiciales.  
 
El día de hoy, la implementación de la mediación, implica un cambio de paradigma de un lado formalista y rigorista, a otro más adecuado con el objeto principal de recuperar la capacidad de diálogo, a través de las habilidades de una comunicación efectiva para descodificar y encontrar un punto de quiebre del conflicto.

Por último, en el ámbito académico, el Dr. Miguel Carbonell y el  Dr. Oscar Cruz Barney, ambos investigadores  del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, ha llevado acabo  la difusión entrevistas de carácter académico en la formación de las nuevas generaciones y recomiendan incluir, y desarrollar los perfiles de  habilidades en negociación, por consiguiente  llevar acabo la difusión de los métodos alternos de solución de controversias, en lo teórico y lo práctico, asimismo sus bondades a diferencia de los procesos tradicionales. 

A nosotros las practicantes de la mediación, ya sea en las aulas, y en las salas de negociación, nos queda la misión de sembrar y cosechar la semilla de la cultura de la paz, a través de la difusión de las ventajas y provechos, para evitar procesos desgantantes
 
 
 
 
 

viernes, 5 de febrero de 2016

Reflexión, Justicia Restaurativa

 
                                        
"El diálogo = búsqueda de
entendimiento
 entre dos personas
 + actitud apertura y flexibilidad
 a nuevas ideas para aprender con él" 
@pilaresmedia
 
Hace días en las redes sociales salió un video sobre una ponencia de una de las maestras en la formación de facilitadores en mediación, y comentaba acerca de la reforma constitucional del año 2008, del  nuevo sistema de justicia oral penal, próximo en meses en entrar en vigor en toda la Republica,  y se concreto a tratar el tema de las salidas alternas del procedimiento, en los acuerdo reparatorios, en especial en la implementación de la nueva Ley Nacional de Mecanismos Alternos de Solución de Controversias,  y hacia hincapié en la instrumentación de la mediación, conciliación y las platicas restaurativas, las cuales serian la base de éxito de nuevo modelo de enjuiciamiento criminal.

En el nuevo modelo de justicia penal oral, rompe paradigmas clásicos de un juicio que ya agoto su eficacia, con desventajas al final, tales como procesos largos, pocos transparentes, la victima sin ser escuchada, una defesa inadecuada al inculpado, entro otras cosas, claro, sin olvidar nula inclusión social de a victima y el inculpado; sin embargo en el aquí y ahora en el péndulo del tiempo, esta en un punto de partida de un novedoso enfoque de justicia, más allá de un aspecto de castigo y retributivo, transitamos a un modelo  de filosofía restaurativa, como ya he abordado en publicaciones pasadas, http://ososaltillano.blogspot.mx/2015/04/justicia-restaurativa-su-filosofia.html

La instrumentación de los procesos  restaurativa no es una panacea, o no es una llave mágica con el fin de solucionar conflictos, no,  su enfoque esta basado al trabajo de comprensión y empatía  de las circunstancias sociales y individuales del ser humano, al atender su sentir y sus necesidades de un pasaje desagradable; como víctima o ofendido con el objeto de sentirse escuchados, saneados y en lograr su inclusión social.

En charlas, ya sea en la cátedra, de oficina, y de café, y se trata el tema, encontramos cierta resistencia a aceptar este modelo, por la atención de la costumbre del Estado de resolver las diferencia, o la falta de fe hacia las instituciones con vicios burocráticos, etc.; por otro lado hay personas que se enteran de los beneficios arrojados en favor del entorno social, de ahí su perspectiva cambia ante aplicación de la justicia restaurativa.

En la época actual de nuestro país, hoy se ha dado un gran paso, en la implementación de la filosofía de la justicia restaurativa, con el resultado de ya no ver las causas penales en un enfoque de estadística, de un ambiente frio  y desolador; si no ya con un efecto de calidad humana al entender la posición de la víctima y las causas del ofensor de realizar una conducta no apegada a derecho.

Por tal razón,  en un nuevo sistema de Justicia oral con salidas alternas con sentido restaurativo,  se descansa los pilares de una sociedad urgente de dialogo y paz, o sea el agotar en primera oportunidad las vía pacífica, y en  última instancia la coerción de la potestad del Estado.


 
 
 
 


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