viernes, 5 de febrero de 2016

Reflexión, Justicia Restaurativa

 
                                        
"El diálogo = búsqueda de
entendimiento
 entre dos personas
 + actitud apertura y flexibilidad
 a nuevas ideas para aprender con él" 
@pilaresmedia
 
Hace días en las redes sociales salió un video sobre una ponencia de una de las maestras en la formación de facilitadores en mediación, y comentaba acerca de la reforma constitucional del año 2008, del  nuevo sistema de justicia oral penal, próximo en meses en entrar en vigor en toda la Republica,  y se concreto a tratar el tema de las salidas alternas del procedimiento, en los acuerdo reparatorios, en especial en la implementación de la nueva Ley Nacional de Mecanismos Alternos de Solución de Controversias,  y hacia hincapié en la instrumentación de la mediación, conciliación y las platicas restaurativas, las cuales serian la base de éxito de nuevo modelo de enjuiciamiento criminal.

En el nuevo modelo de justicia penal oral, rompe paradigmas clásicos de un juicio que ya agoto su eficacia, con desventajas al final, tales como procesos largos, pocos transparentes, la victima sin ser escuchada, una defesa inadecuada al inculpado, entro otras cosas, claro, sin olvidar nula inclusión social de a victima y el inculpado; sin embargo en el aquí y ahora en el péndulo del tiempo, esta en un punto de partida de un novedoso enfoque de justicia, más allá de un aspecto de castigo y retributivo, transitamos a un modelo  de filosofía restaurativa, como ya he abordado en publicaciones pasadas, http://ososaltillano.blogspot.mx/2015/04/justicia-restaurativa-su-filosofia.html

La instrumentación de los procesos  restaurativa no es una panacea, o no es una llave mágica con el fin de solucionar conflictos, no,  su enfoque esta basado al trabajo de comprensión y empatía  de las circunstancias sociales y individuales del ser humano, al atender su sentir y sus necesidades de un pasaje desagradable; como víctima o ofendido con el objeto de sentirse escuchados, saneados y en lograr su inclusión social.

En charlas, ya sea en la cátedra, de oficina, y de café, y se trata el tema, encontramos cierta resistencia a aceptar este modelo, por la atención de la costumbre del Estado de resolver las diferencia, o la falta de fe hacia las instituciones con vicios burocráticos, etc.; por otro lado hay personas que se enteran de los beneficios arrojados en favor del entorno social, de ahí su perspectiva cambia ante aplicación de la justicia restaurativa.

En la época actual de nuestro país, hoy se ha dado un gran paso, en la implementación de la filosofía de la justicia restaurativa, con el resultado de ya no ver las causas penales en un enfoque de estadística, de un ambiente frio  y desolador; si no ya con un efecto de calidad humana al entender la posición de la víctima y las causas del ofensor de realizar una conducta no apegada a derecho.

Por tal razón,  en un nuevo sistema de Justicia oral con salidas alternas con sentido restaurativo,  se descansa los pilares de una sociedad urgente de dialogo y paz, o sea el agotar en primera oportunidad las vía pacífica, y en  última instancia la coerción de la potestad del Estado.


 
 
 
 


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