martes, 25 de junio de 2024

A veces se gana y siempre se aprende




 Parte II

En ocasiones " a veces se gana y siempre se aprende",  esa frase la escuche en el mes de abril del año 2024, al Maestro Rafael Lobo al dar un mensaje a los jóvenes universitarios en un concurso  mediación el cual convoco a varias instituciones de derecho la Universidad de Monterrey, en el que invitaba a los futuros mediadores a no competir por un primer lugar, sino a desarrollar las técnicas y las habilidades de todo operador de un sistema solución de conflictos de carácter colaborativo, como es el caso para alguno negociadores neutrales asistidos.

Esa frase que cito el Maestro Lobo, encierra en las nuevas generaciones de licenciados en derecho una novel filosofía en la formación del derecho civil, al hablar de un enfoque colaborativo en donde los ciudadanos con un problema legal tengan otra alternativa de resolver sus diferencias a través de una dialogo constructivo, franco y abierto bajo la modalidad de una comunicación no violenta, en el que se pueda ver las áreas de mejora.  

Aquí abordamos una nueva disyuntiva de un nuevo modelo del derecho adjetivo,  el cual ya deja a un lado el adversarial como un fin último de resolver una controversia por medio del litigio antes los órganos jurisdiccionales, en consecuencia tratamos el derecho colaborativo en atención el cual tiene su fuente en el derecho civil a través de las formalidades del negocio jurídico del contrato de transacción.

El contrato de transacción es de gran ayuda por el motivo de auxiliar a las partes a construir un acuerdo hecho a su medida al conflicto que presenta,  con el objetivo de terminar una contienda presente o futura en el que se hacen reciprocas concesiones, o sea de ganar-ganar. Entonces las partes disponen al analizar el conflicto de identificar las áreas de oportunidad a fin de generar las opciones y dar un paso con el propósito de alcanzar un acuerdo.

Por consiguiente, alcanzar un acuerdo de transacción implica un proceso no de carácter jurisdiccional, sino de una negociación en donde las partes en lugar de ver la controversia tal como una contienda, el hecho contrario la perciben con el propósito de llevar a cabo un análisis de planear, hacer, verificar y actuar con los hallazgos localizados en las contradicciones con el objetivo de crear una oportunidad de mejora, con aportaciones que le sean de beneficio mutuo en el cual coinciden con la empatía de alcanzar un convenio.

Por eso, siempre se aprenda para ganar ambas partes en conflicto.


Alberto Villegas

Abogado y Mediador 

 

 

 

 

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