viernes, 5 de febrero de 2021

Mediación Notarial




En la propuesta de mediación notarial presentada a los Estados de la República por el Colegio Nacional del Notariado Mexicana A.C. es viable de implementar, por la sencilla razón de hacerlos participes, promotores y operadores de la cultura de la paz a los federatarios públicos, al pretender esa noble causa de cambiar un paradigma de justicia adversarial tan arraigado en nuestro entorno social, con el objeto de pasar a un modelo de la implementación de figura derecho colaborativo, con el resultado a corto y mediano plazo de mayores beneficios a los justiciables, tal como el ahorro en el ámbito económico, de tiempo y el aspecto emocional.

Sin embargo en la petición que platean ese órgano colegiado hacen alusión a los Notarios Públicos de la República, que ya participaron en el “Diplomado en Mediación en Sede Notarial”, impartido por la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México con altos estándares de calidad, y a su vez buscan la opción que se les habiliten la certificación de facilitadores privados en mediación para ejercer ese oficio, el cual seria de gran ayuda para la administración de justicia delegar e incentivar los métodos colaborativos en la solución de conflictos, al igual que implementarlos en la materia de sucesiones, de operaciones civiles y mercantiles, por último  abarcar el campo de la familia.

En mi opinión, observo con agrado esa posibilidad; no obstante hago hincapié acerca del papel protagónico y rol del facilitador en mediación, con el objetivo de poseer y alentar las habilidades ya conocidas, así como la honestidad, la empatía, el desarrollo de la escucha activa, el ser imparcial y neutral, el trabajo de la  asertividad y de la creatividad, entre otras cosas. Con esto quiero decir el aplicar en cada Estado de la República los requisitos,  el proceso de certificación y los supuestos para ejercer como facilitadores conforme a su legislación o ordenamientos jurídicos aplicables para obtener esa habilitación.

En primer lugar, el hecho de cumplir con el perfil si son viables, en cuanto a la aplicación del examen psicométrico a fin de verificar su rol adaptación a la flexibilidad, empatía, honestidad y adaptación de cambios emocionales.

Por otro lado, el marco teórico legal del conocimiento de los principios fundamentales de la mediación, las etapas del proceso, los conceptos generales de las herramientas y habilidades  de comunicación.

Por último, el examen práctico con la finalidad de reafirmar las habilidades del manejo de las herramientas de la  escucha activa, parafraseo, el reencuadre, entre otras. Del mismo modo darse cuenta del desarrollo del papel de aspirante dentro del proceso de mediación, tenga una idea de la destreza del manejo de una reunión conjunta con el objetivo de poner en sus habilidades y conocimientos de una negociación asistida por el facilitador en el que ayude a los mediados en identificar las necesidades e intereses con el propósito de auxiliarlos en hilar un acuerdo.

Alberto Villegas Cabello

Mediador y Conciliador. 

 

 


𝗟I𝗗𝗘𝗥 𝗬 𝗝𝗘𝗙𝗘: ¿𝗘𝗦 𝗖𝗢𝗥𝗥𝗘𝗖𝗧𝗢 𝗢𝗣𝗢𝗡𝗘𝗥𝗟𝗢𝗦?⁣⁣ ⁣⁣

  𝗟I𝗗𝗘𝗥 𝗬 𝗝𝗘𝗙𝗘: ¿𝗘𝗦 𝗖𝗢𝗥𝗥𝗘𝗖𝗧𝗢 𝗢𝗣𝗢𝗡𝗘𝗥𝗟𝗢𝗦?⁣⁣ ⁣⁣ La distinción entre “jefe” y “líder” ha sido un tema recurrente en ...