viernes, 15 de abril de 2016

Mediación y Estilo de Vida




Resultado de imagen para mediacion estilo de vidaAl hablar de mediación, es un tema muy amplio, un esquema de carácter muy enriquecedor, y  considerarlos una ciencia de investigación propia y independiente como en el caso del derecho, la ecología, la medicina, etc., es complejo, a lado de los mecanismos alternativos de carácter colaborativo fluyen varias disciplinas afines  a las ciencias sociales, como es el caso concreto la psicología, sociología y la comunicación al utilizar las herramientas y habilidades de empatía, el realizar preguntas, el parafraseo, el resumen, entre otras, son puentes  de esencia de provocación de un dialogo pacifico con el fin de alcanzar la solución de una controversia.

De esta manera, a mi sentir la mediación es un complemento de la actividad del ejercicio de la profesión, ya sea abogado o a licenciatura fin; por la situación del perfil que debe reunir para ejercer  ese oficio o arte, de  contribuir al pintar un paisaje en una acuarela del impresionismo, con el fin de brindar serenidad y sensación de paz al publico expectante del proceso.

Si bien es cierto, el oficio de la mediación entro con la apertura del  Tratado del Libre Comercio, punto de lanza en la solución de conflictos en las actividades de mercantiles de carácter internacional; de ahí nace la propuesta de incluirla en sede judicial bajo la capacitación de la primera generación de mediadores nacionales entrenados por parte del área de postgrado de derecho de la Universidad de Sonora y el ABA un organismo de la Unión Americana.

El camino, de la implementación de los mecanismos alternativos no ha sido nada fácil, en primer lugar el cambio de un paradigma de convivir con el conflicto de agotarlo a largo plazo en un juicio a través de las  diferentes instancias judiciales, y en otro plano, hoy es el mayor número de adeptos en busca de inclinarse  a acortarle al problema en la vía de la negociación.

Por eso,  la tendencia en las escuelas de derecho es incluir dentro de sus planes de estudio la materia de mecanismo alternativos de solución de controversias como un medio el cual su objetivo es el de promover la paz; sin embargo no deben de olvidar en la materia de derecho civil se incluye el tema de la teoría de negocio jurídico  y la figura del contracto de transacción, en un sentido positivo encuadra la filosofía de ganas- ganar, al hacer las reciprocas concesiones entre las partes, en otras palabras más comunes, ceden ambas partes con el fin de encontrar un fin que les beneficie.

Claro, al hablar en especial de la mediación, no como una ciencia, porque todo su esencia es adaptarte a un estilo de vida por todo su contenido, preparación y filosofía. Un primer presupuesto es estar bien nosotros consigo mismo, y del mismo modo al estar bien, podremos contribuir a arar una tierra fértil para cosechar un acuerdo pacífico.




miércoles, 13 de abril de 2016

El Lado Humano del Nuevo Sistema Acusatorio Penal




Resultado de imagen para circulos restaurativosLa transición de un sistema de justicia penal de los años 30´s del siglo pasado, ya próximos dias esta por cumplir su vida útil, con la implementación del  nuevo esquema de juicios orales a nivel nacional, el cual sustituye en un cuerpo homogéneo para toda el país con un moderno Código Nacional de Procedimientos Penales, y a su vez una Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos en Materia Penal. Con este orden de ideas, el legislador busco en bases a las exigencias de una sociedad perjudicada de las conductas ilícitas, acabar con vicios muy delicados y graves, que fomentaban la impunidad y la nula credibilidad en los órganos de administración de justicia. 

Con las reformas constitucionales del año 2008, en materia penal, la vigencia de nuevo ordenamiento adjetivo, y  a la regulación de un marco jurídico de carácter colaborativo, da una nueva visión del sistema de justicia, con un equilibrio más de carácter humano, ya no de papel, al considerar  tanto la figura de la victima-ofendido, como la del ofensor  de participar en igualdad de circunstancias dentro del proceso y en aquellos supuestos, cuando procedan el utilizar el beneficio de las salidas alternas.

Aquí se presenta un cambio de paradigma, de los profesionistas del derecho, han de separase de un sistema, el cual ya cumplió sus expectativas. Por eso se abren nuevos campos de actualización encaminado a renovarse por medio de cursos, ya sea de instituciones públicas y/o privadas, con planes de estudio adecuados al tiempo en venir, en el caso de los abogados con técnicas orales, de los agentes de investigación  con una tendencia a un nuevo concepto de policía científica y la inclusión de una disciplina de la ciencias de la victimología.

Por esa razón, se hace un lado la imagen de considerar el proceso penal, tal como una cosa, o sea un expediente donde el Estado por su potestad jurisdiccional dictaba el derecho, en consecuencia en la mayoría de los casos judiciales no escuchaban las versiones de la victima y ofensor. El día de hoy, el nuevo sistema acusatorio con un sentir mas humano, da la pauta a las salidas alternas de procedimiento por medio de la figura de las acuerdos reparatorios con el objetivo de tomar  el sentimiento, el punto de vista y las emociones de los personajes agredidos, y el saber las circunstancias y motivos del ofensor al desplegar su conducta lesiva,

En esa misma temática, ya  se abren espacios a otras profesiones a fines a las ciencias sociales incluirse en marcos preventivos, como es el caso de la aplicación de la filosofía de la justicia restaurativa, por medio de la vía de los instrumentos de aplicación, de la conciliación, mediación y platicas restaurativas reguladas por la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos del Procedimiento Penal; sin embargo el perfil de los facilitadores es delicado, al  tener a mi gusto de ser flexible, honesto, empático, asertivos, colaborativos, etc.; pero hago hincapié por sentido común, el mediador, conciliador y facilitador restaurativo debe ser libre de todo egocentrismo, envidia, doble moral, disolvente y ademas oportunista con fines mercantilistas, lo anterior aporta vicios y le resta credibilidad a la justicia restaurativa, no se cumpliría con el fin social de promover  un método pacífico.

En conclusión, con los acuerdos reparatorios son un punto de unión para el trato de la partes dentro del mecanismo alternativo, por el hecho de conocer los sentimientos de la victima- ofensor en la impresión de la conducta causada por un hecho ilícito sufrido hacia su persona, a su vez saber las circunstancias individuales y sociales del agresor que lo llevaron a realizar un comportamiento antisocial, en otras palabras  saber el alcance del trauma de la victima y  la vergüenza integrativa del ofensor, con el fin de palpar un lado humano.

𝗟I𝗗𝗘𝗥 𝗬 𝗝𝗘𝗙𝗘: ¿𝗘𝗦 𝗖𝗢𝗥𝗥𝗘𝗖𝗧𝗢 𝗢𝗣𝗢𝗡𝗘𝗥𝗟𝗢𝗦?⁣⁣ ⁣⁣

  𝗟I𝗗𝗘𝗥 𝗬 𝗝𝗘𝗙𝗘: ¿𝗘𝗦 𝗖𝗢𝗥𝗥𝗘𝗖𝗧𝗢 𝗢𝗣𝗢𝗡𝗘𝗥𝗟𝗢𝗦?⁣⁣ ⁣⁣ La distinción entre “jefe” y “líder” ha sido un tema recurrente en ...